La jueza determina que Vicens tenía "perfecto conocimiento de lo torcido" del decreto para adjudicar Can Domenge

Actualizado: miércoles, 30 septiembre 2009 22:31

Postula que el inmueble fue vendido "dejando de ingresar a sabiendas en el erario público 30 millones sin que existiesen razones justificadas para ello"

PALMA DE MALLORCA, 30 Sep. (EUROPA PRESS) -

La magistrada del Juzgado de Instrucción número 12 de Palma, Mari Carmen González, determina en su exposición elevada al Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) para que éste asuma el caso Can Domenge, que el diputado del Grupo Mixto y ex conseller insular de Territorio, Bartomeu Vicens, tenía "perfecto conocimiento de lo torcido" del Decreto aprobado el 30 de diciembre de 2005 para la enajenación de los terrenos palmesanos, que fueron vendidos por 30 millones de euros, la mitad de su valor en el mercado.

Así consta en la exposición que la jueza ha trasladado a la máxima instancia judicial de las islas, a la que ha tenido acceso Europa Press, y en la que basa esta afirmación en que la resolución iba dirigida a "un fin preordenado de satisfacer intereses no legítimos" y que constituyó una "conculcación flagrante de las normas con una finalidad torticera y ajena a los intereses generales", lo que consuma el delito de prevaricación que junto a los de malversación de caudales públicos y fraude se atribuye a Vicens así como al conseller de Turismo y entonces vicepresidente del Consell, Miquel Nadal.

Cabe recordar que las investigaciones giran en torno a las presuntas irregularidades cometidas durante la enajenación de los solares, que fueron adjudicados por 30 millones de euros cuando en la fecha de la licitación estaban valorados en 57.837.107 euros.

De este modo, el procedimiento se inició a raíz de la querella interpuesta por Núñez y Navarro, que no se llevó el concurso pese a ofrecer el doble que lo aportado por la UTE formada por Sacresa y Ferra Tur -adjudicataria-, y que precisamente solicitó al Juzgado, al igual que la Fiscalía, que el procedimiento se eleve al TSJIB debido al aforamiento de Nadal y Vicens, principales imputados en la causa.

La jueza, en una extensa exposición de los razonamientos para que el caso sea asumido por el TSJIB, afirma que la prevaricación se consuma en el decreto por el que se aprobó el expediente de contratación de la enajenación y el pliego de cláusulas administrativas, al tiempo que se acordó la adjudicación fijando un precio máximo de venta del bien, de tal modo que la Administración insular renunciaba "sin causa justificada a unos mayores ingresos para el erario público" debido a que el precio del terreno en el mercado era 30 millones de euros superior.

En cuanto al delito de fraude, la magistrada considera que su comisión se observa al haber "perjudicado a la hacienda del Consell en una notable cantidad" -27.837.107 euros- que supone la diferencia entre el valor de tasación y el de enajenación, así como en los indicios de la "concertación" entre los imputados y las empresas que integraban la UTE adjudicataria. Asimismo, expone que se usaron "maquinaciones" para limitar la concurrencia entre otras empresas de cara a adjudicar los solares de Can Domenge.

Tal y como postula la exposición de la jueza instructora al hacer referencia a la presunta malversación de fondos públicos, "con ánimo de lucro" pudo producirse una apropiación de la mitad del valor del solar, "o lo que es lo mismo, existen elementos para entender que puso haberse dispuesto del inmueble produciéndose la sustracción de la mitad de su valor". "Poco sentido tiene que se proteja el dinero de la Administración y no se protejan bienes, como los inmuebles, que generalmente pueden tener mucho más valor", prosigue el documento.

La magistrada, al referirse a Vicens, apunta que fue quien solicitó la enajenación del inmueble y quien dio por válido el informe de valoración del bien pese a que "en ningún momento le constaba que fuese realmente el precio de mercado", mientras que intervino subsanando, "al menos aparentemente", los reparos expuestos por los técnicos "pese a que no entraba propiamente en sus funciones como conseller ejecutivo de Territorio". Asimismo, asevera que Vicens participó personalmente "en la ideación y clausulado del concurso".

En cuanto a Nadal, la jueza recuerda que plasmó su firma en el decreto para la enajenación del terreno, respecto a lo cual consideró que existen indicios de que concurrió dolo -conciencia y voluntad al cometer un hecho-, al tiempo que resalta que el actual conseller de Turismo del Govern conversó con quienes finalmente resultaron adjudicatarios del concurso, y que comenzaron a trabajar en él, "mucho antes de que fuese publicado en el BOIB". Por último, incidie en que rubricó la resolución "prevaricadora", en referencia al Decreto de diciembre de 2005.

"VENTA PARA SATISFACER INTERESES PRIVADOS"

Entre sus conclusiones, considera que los imputados se desprendieron de un inmueble de "muy alto valor y que lejos de hacerlo en la forma que más se garantizaba el interés general lo hicieron para satisfacer intereses privados", a un precio 30 millones inferior a su valor en el mercado "dejando por tanto de ingresar a sabiendas en el erario público esa cantidad sin que existiesen razones justificadas para ello".

La jueza ve por todo ello presentó el pasado miércoles un escrito ante la Sala Civil y Penal del TSJIB en el que solicita la asunción de competencias del caso, al apreciar "indicios racionales de criminalidad" contra Vicens, defendido por los letrados Eduardo Valdivia y Jaime Campaner, y Nadal, asistido por Josep Zaforteza.