MADRID, 22 Feb. (EUROPA PRESS) -
La grabación de la conversación privada que mantuvieron en un restaurante de Barcelona la presidenta del PP catalán, Alicia Sánchez-Camacho, y una exnovia de uno de los hijos del expresidente de la Generalitat Jordi Pujol se habría realizado legalmente en el caso de que hubiese sido encargada por una de las dos, según ha explicado este viernes la presidenta de la Asociación Profesional de Detectives Privados de España, Eva Grueso.
En una entrevista en TVE recogida por Europa Press, Grueso ha afirmado que esa práctica "es legal en el momento en que una de las dos personas que mantienen la conversación contrata la grabación de la misma", ya sea "personalmente o a través de terceros", y "no solo que tenga conocimiento".
"El problema viene", según la experta, cuando ese encargo lo hacen "terceros", porque en ese caso ya no se estaría "dentro de la legalidad", ha añadido Grueso.
La presidenta de la asociación ha destacado que el libro de registro de la agencia de detectives que hizo la grabación, Método 3, es importante porque en él figura quién era el cliente. También ha dicho que, puesto que hay una denuncia interpuesta por Sánchez-Camacho, Método 3 estaría obligada a entregar el libro de registro a la Justicia si ésta se lo reclamara.
En este contexto, ha descrito como "absolutamente surrealista" la hipótesis de que Método 3 pudiera haber realizado esa investigación por su cuenta, sin que se lo encargase nadie, con el fin de intentar vender la información posteriormente. "Nadie trabaja por amor al arte. Es un cliente el que contrata", ha afirmado.
CONTENIDO DE LA CONVERSACIÓN
En cuanto al uso que se puede hacer del contenido de la conversación que mantuvieron el 7 de julio de 2010 la presidenta del PP catalán y María Victoria Álvarez (la expareja de Jordi Pujol Ferrusola), Grueso ha señalado que el propietario de los informes que realice una agencia es el cliente. "Nosotros se lo entregamos y ya está. Lo que se haga con el informe no es ya potestad del detective", ha manifestado.
En el caso de que se haga público aquello de lo que hablaron las dos mujeres en el restaurante La Camarga, no constituiría un delito si fuese una de ellas dos las que lo diera a conocer, según ha explicado.
En cuanto a lo que ocurre con los informes elaborados por Método 3 --muchos de ellos sobre políticos, al parecer-- a partir del momento en que la agencia cesa su actividad, hace seis meses, Grueso ha dicho que la Ley de Seguridad Privada establece que de ese material se debe hacer cargo o bien otra agencia, o bien la Policía Nacional, que debe custodiarlos durante un periodo de cinco años.
Pero "en este caso concreto, lo que se cierra es la sociedad, no se deja la actividad. O sea, que Francisco Marco (su director) sigue con la actividad y sigue con el control de sus expedientes", ha agregado. Grueso también ha negado que las autoridades hubiesen estado a punto de cerrar Método 3 en 2011 y ha indicado que lo que ocurrió es que "se le abrió un expediente pero se cerró sin ninguna consecuencia".
Por otra parte, ha afirmado que si una agencia de detectives descubre durante una investigación que se ha cometido un delito, la ley la obliga a comunicarlo a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en cuanto tiene conocimiento de ello.
ACTIVIDAD PROFESIONAL LEGAL
Asimismo, ha subrayado que las agencias de detectives desarrollan "una actividad profesional completamente legal" y que casi el 95 por ciento de sus informes finalizan en los juzgados y "se admiten como prueba". "Si estuviéramos al margen de la ley, esto no sería posible", ha añadido.
En ese sentido, ha destacado el hecho de que, en el ámbito de la seguridad privada, las agencias de detectives son las que menos sanciones reciben y además la mayoría son de tipo administrativo.