MADRID 8 May. (EUROPA PRESS) -
La Unión Progresista de Secretarios Judiciales culpó hoy de la actual situación en los juzgados encargados de la ejecución de sentencias penales a la actual ley procesal penal, "creada en el siglo XIX acorde con un sistema judicial, una sociedad, una delincuencia y un catálogo de penas vigentes en la fecha de su aprobación", en 1882.
Mediante un comunicado distribuido hoy, esta asociación lamenta que el informe del Consejo del poder Judicial (CGPJ) que habla de cerca de 270.000 asuntos pendientes de tramitarse en los juzgados de Ejecutoria no reconozca ninguna responsabilidad por parte de su propio Servicio de Inspección.
A juicio de los secretarios "progresistas", el CGPJ "no puede ocultar el desinterés que hasta la fecha ha venido demostrando por esta esencial fase del procedimiento judicial, tradicionalmente denostada por su escasa relevancia pública". Por ello, esta asociación dice no compartir "ni el diagnóstico ni, por tanto, las soluciones que se proponen en el citado informe".
Recuerdan que, actualmente, la mayor parte de las penas que imponen los jueces y magistrados en España ni siquiera son citadas en la Ley que regula cómo han de ejecutarse.
"La Ley Procesal diseña la forma de trabajar en una clase de juzgados, los del siglo XIX, pero es absolutamente incompatible con lo que se existe en un órgano del siglo XXI", añade la nota.
La solución, según este colectivo, no se alcanzará con planes de refuerzo ni con programas informáticos, por otra parte necesarios, ni tampoco con "la multiplicación de un sistema judicial obsoleto, ineficiente y agotado".
Instan, por contra, a la puesta en marcha de la nueva estructura de la Oficina Judicial que fue aprobada por Ley Orgánica en 2003 y que aún no se ha puesto en marcha, "en la que la ejecución de las sentencias, en la medida de lo posible constitucionalmente, se residencia en los Servicios Comunes Procesales allí previstos y dirigidos por un secretario judicial".
Igualmente, instan a la aprobación de una Ley de Enjuiciamiento Criminal "adecuada a las circunstancias socio-jurídicas", en la que se asignen alos secretarios judiciales, "de forma expresa y precisa", determinadas tareas y funciones decisorias y ejecutorias.