Seis años de prisión para un hombre que abusó sexualmente de las hijas menores de su mujer

Actualizado: jueves, 16 febrero 2006 15:56

La Audiencia otorga "plena credibilidad y verosimilitud" a las niñas

SANTANDER, 16 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a seis años de prisión a Jesús B.C., santanderino de 56 años, por considerarle culpable de dos delitos continuados de abuso sexual contra las dos hijas de su esposa, unas niñas en aquel entonces.

Según se recoge en la sentencia, hecha hoy pública, el procesado pasó a convivir en 1998 con su pareja sentimental y con las dos hijas de ésta, fruto de otra relación.

En principio, los cuatro vivían primero en el domicilio de la mujer, en Santander, pasando, en 2002, una vez que ambos contrajeron matrimonio, al del hombre, ubicado también en la capital cántabra.

"En fechas no determinadas" entre "los años 1998 a 2003 y sobre, todo, en la primera mitad del año 2004", el acusado, aprovechando que su mujer se iba a trabajar "o cuando estaban durmiendo", se acercaba a las niñas, "e indistintamente, a una u a otra, las efectuaba tocamientos o lamía en los pechos y zonas genitales", frotando su miembro contra "sus cuerpos".

UN POLICÍA DENUNCIÓ EL CASO

El 14 de agosto de 2004 se produjo otro abuso sexual a la niña de más edad, quien cuatro días después, "ya no pudo soportar la situación y se marchó de su casa, comentando con una amiga suya lo que estaba ocurriendo", quien, a su vez, se lo comunicó "a su madre, llegando la noticia a oídos de un agente de la Policía Local, que denunció los hechos".

Fruto de estos delitos, una de las niñas sufre un "cuadro de ansiedad elevada transitoria con cuadro depresivo de intensidad fuerte", y la otra, "trastorno de estrés postraumático de intensidad leve, y elevado y estado de ansiedad, precisando ambas tratamiento psicológico".

La Audiencia argumenta en la sentencia que otorgaron "plena credibilidad y verosimilitud" a las declaraciones de las niñas en el juicio, que se celebró el pasado 1 de febrero a puerta cerrada, así como en los informes "de los psicólogos y hasta las propias declaraciones del procesado".

No obstante, la tipificación del delito se ha calificado como de abusos y no de agresión, porque "para que dicho delito pueda ser apreciado es preciso, como prevé el artículo 178, que el atentado contra la libertad sexual se realice con violencia o intimidación".

En este sentido, los magistrados exponen que las niñas no dijeron "en ningún momento" que el procesado "las pegara o amenazara" para cometer estos abusos, sino que cuando recibían golpes o castigos era "por razones distintas".

La sentencia también condena a Jesús B.C. a la prohibición de acercarse a las menores a una distancia inferior de 500 metros o a comunicarse con ellas "durante el plazo de cuatro años" y a indemnizarlas con 6.000 euros, respectivamente.

No obstante, le absuelven de los dos delitos continuados de agresión sexual, que era lo que solicitaba la Fiscalía y la acusación particular, por los que pedían 16 años de cárcel.