MADRID, 30 Mar. (EUROPA PRESS) -
Los 16 magistrados de la Sala del 61 del Tribunal Supremo firmaron este miércoles el auto en el que prohíben la inscripción de Sortu en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior si bien la resolución no se notificará a las partes hasta el próximo viernes, ya que se ha dado plazo a los discrepantes para que puedan presentar sus votos particulares hasta las 12.00 horas del día 1 de abril.
Fuentes del alto tribunal informaron al término de la reunión de la Sala que las partes han sido citadas a las 13.00 horas del viernes para acudir a recoger la resolución.
Los magistrados de la Sala del 61, con algunas excepciones, como la del magistrado Alberto Jorge Barreiro -que este miércoles formaba parte del tribunal que revisaba en vista pública la condena a los responsables de una librería nazi en Barcelona-, se reunieron a las 12.00 horas para revisar el borrador del auto elaborado por el ponente, Carlos Lesmes. Hora y media más tarde ya había quedado firmada la resolución.
Tras la deliberación sobre este asunto, celebrada hace justo una semana, trascendió que 7 de los 16 magistrados que componen la Sala se posicionaron en contra de prohibir la inscripción de Sortu , si bien tan sólo tres de ellos anunciaron la presentación de voto discrepante (Manuel Alarcón, Rafael Gimeno-Bayón y Jose Luis Calvo Cabello).
VOTOS PARTICULARES
No obstante, se ha especulado con la posibilidad, bastante probable, de que finalmente se redacte un solo voto, elaborado por el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos, al que podrían adherirse el resto de discrepantes con el fin de dar más fuerza a su posición de cara al recurso que Sortu tiene previsto presentar ante el Tribunal Constitucional. Con una mayoría de nueve magistrados, la Sala del 61 del Supremo estimó las demandas interpuestas por la Abogacía del Estado y la Fiscalía contra Sortu al considerar que la nueva formación es una mera sucesora de Batasuna, ilegalizada en marzo de 2003 por su vinculación con la organización terrorista ETA.
Durante la vista celebrada los pasados lunes y martes por este asunto, el representante de los servicios jurídicos del Estado Manuel Rivero defendió que Sortu es "el enésimo intento" del complejo ETA/EKIN para entrar en las instituciones democráticas e insistió en que sus promotores han tratado de aparentar una confrontación entre el sector militar y político de la organización que nunca ha existido.
Por su parte, el fiscal Narváez reclamó al Tribunal Supremo que evitara el "verdadero fraude de ley y el abuso de derecho" con el que Sortu intenta colarse en las elecciones municipales y forales del 22 de mayo. "El hábito no hace al monje", afirmó en su alegato el fiscal, que advirtió además de que el partido "cumple aparentemente" el canon de legalidad pero "no acepta materialmente" sus planteamientos ya que en su "sombra" está la banda terrorista ETA, con la que no ha soltado "amarras".
Por su parte, el abogado de Sortu Iñigo Iruin manifestó durante la vista que de permitirse la concurrencia de la nueva formación a las próximas elecciones, sus cargos estarán comprometidos en contra de la violencia incluso en el caso de que se rompa el alto el fuego declarado por la banda el pasado mes de enero.
"Ya no hay vuelta atrás", afirmó el letrado, que también aseguró que Sortu "no es pantalla de nada de de nadie" y que es la "herramienta eficaz" para el cierre definitivo de la violencia.
La Sala ha tenido en cuenta lo aportado por los demandantes como prueba documental y lo señalado por a cuatro testigos de la Policía Nacional y la Guardia Civil que coincidieron en los "signos evidentes" que constatan que ETA no tiene intención de abandonar las armas ni disolverse.
De hecho, los agentes de las Fuerzas de Seguridad que redactaron los informes sobre Sortu señalaron que la vinculación de esta formación política con ETA/Batasuna es tal que su presentación pública dependió del anuncio de alto el fuego por parte de la banda, emitido el 10 de enero de este año y que Sortu constituye la iniciativa de Batasuna para "refundarse".