El Supremo afirma que Defensa no tiene obligación de exhumar e identificar los restos de un marinero republicano

Actualizado: jueves, 18 enero 2007 19:04

MADRID, 18 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado que el Ministerio de Defensa no tiene obligación de exhumar e identificar los restos del marinero republicano Alfonso Roca Cayuela, quien el 31 de julio de 1939 fue ejecutado y, según su familia, enterrado en una fosa común del cementerio Nuestra Señora de los Remedios de Cartagena (Murcia).

El alto tribunal ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional que confirmó la resolución de Defensa, al entender que la normativa alegada por tres familiares del militar republicano "no ampara" su pretensión "de que se exhumen y se identifiquen los restos".

"No existe norma en nuestro ordenamiento que ampare la pretensión del recurrente" y "en nada importan, a los efectos de esta litis, las razones humanitarias e incluso afectivas que se invocan, por mucho que éstas sean dignas de todo respeto y consideración, ni tampoco las invocaciones del derecho internacional, que el propio recurrente reconoce que no forman parte de nuestro derecho interno", afirma el Supremo.

También rechaza la vulneración de derechos fundamentales y del Derecho Humanitario Bélico que invoca la demanda, porque "lo es en relación con la sentencia de 4 de julio de 1939 del Consejo de Guerra que condenó a pena de muerte a Alfonso Roca" y que no es objeto del presente recurso.

Alfonso Roca Cayuela perteneció a las Fuerzas Armadas y se mantuvo fiel a la República. Al terminar la guerra civil, el 4 de julio de 1939 se le sometió a un Consejo de Guerra, en el que se le condenó a muerte. Fue ejecutado el 31 de julio de ese mismo año.

DISTINTO TRATO A LA DIVISIÓN AZUL.

Los familiares alegaban vulneración al derecho de igualdad, porque Defensa se negaba a exhumar sus restos, supuestamente enterrados en el cementerio de Cartagena, bajo la lámpida "Restos de fallecidos por consecuencias de la última guerra 1939-1945", mientras que en 1995 firmó un convenio para dar sepultura a los caídos de la División Azul en la antigua Unión Soviética.

Tanto la Audiencia como el alto tribunal admiten que Defensa firmó dicho convenio con la asociación alemana "Volksbund Deustche Kriegsräberfürsorge" para prestarle apoyo de tipo económico y proporcionarle "datos en la búsqueda, identificación y exhumación de los muertos de la División Azul, Legión Azul y Escuadrillas Azules para concentrarlos en cementarios colectivos y otros lugares memoriales de guerra en la Federación Rusa".

Pero añaden que, además de que "el citado acuerdo entra dentro de las potestades discrecionales que tiene la Administración para suscribirlo", se refiere a un caso que no es similar al del marino Alfonso Roca, por lo que no se produce ningún tipo de vulneración de derechos.

"No hay en la legislación que se invoca ninguna obligación por parte del Ministerio de Defensa para exhumar e identificar los restos de don Alfonso Roca, siempre que se encuentren por otro lado en el Cementerio de Nuestra Señora de los Remedios de Cartagena (Murcia) bajo la (citada) lápida, pues según certificación de la Secrertaria de la Junta del citado cementerio se dice que no existen en los archivos datos identificactivos sobre los restos que se encuentran en dicha fosa", agrega la sentencia.