El Supremo anula la indemnización a un discapacitado entrevistado por Cárdenas en 'Crónicas Marcianas'

Actualizado: jueves, 4 febrero 2010 19:22

El alto tribunal da la razón a Telecinco porque el entrevistado dio su consentimiento, aunque reconoce que fue "poco ético"

MADRID, 4 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha anulado una sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que condenó a Telecinco, el director de 'Crónicas Marcianas', Javier Sardá, y su colaborador Javier Cárdenas, a pagar una indemnización de 15.000 euros a un discapacitado al que intrevistaron, ya que el hombre dio su consentimiento.

Además, el alto tribunal alude al "contexto jocoso del programa de emisión, desprovisto de agresividad difamatoria" para estimar el recurso de la cadena de televisión. Aunque admite que "resulta poco ética la actuación y comportamiento del medio televisivo y las personas intervinientes", considera que esta actitud "no es reprobable desde el ámbito estrictamente jurídico".

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife confirmó en 2004 una sentencia previa del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Arona (Tenerife), que encontró culpable a la cadena de televisión y sus periodistas de un delito de intromisión ilegítima en el honor, intimidad personal y familiar y propia imagen del entrevistado, Joaquín Cristo Hernández, de profesión actor.

El abogado del entrevistado --que tiene una discapacidad del 66%-- había solicitado una indemnización de 300.000 euros por la "entrevista burlona" emitida en 'Crónicas Marcianas'. En la demanda, defendieron que "tanto por el contenido como por la intención de la entrevista" se vulneraron los fundamentales del autor, ya que denotaron "gravemente su falta de capacidad y conocimiento perjudicando su imagen pública" divulgando la entrevista que, además carecía del consentimiento de sus padres.

SUFRIÓ DEPRESIÓN PORQUE "LE TOMARON EL PELO"

Según explicó el abogado, Hernández "estuvo con depresión como consecuencia de estar sometido a un estrés postraumático", ya que "le tomaron el pelo y fue motivo de mofas constantes en su entorno durante mucho tiempo". "Si usted cree que este hombre es guapo acuda a Ópticas San Gabino" fue una de las frases utilizadas en el programa junto a la imagen del demandante.

Sin embargo, el Tribunal Supremo da la razón a Telecinco, que en su recurso de casación alegó que no podía haber intromisión ilegítima en el derecho al honor porque "prestó su consentimiento".

Según el alto tribunal, el derecho al honor de Joaquín Cristo Hernández no fue vulnerado porque su minusvalía "no es incapacitación o minoría de edad" --que requerrirían de consentimiento paterno-- y porque queda "constancia de que el actor fue voluntariamente entrevistado y filmado".

Además, reprocha al juzgado de primera instancia que en su sentencia deje deducir que no hubo consentimiento, sin declararlo como hecho probado. "Tal deducción no puede aceptarse, partiendo de que se presume una capacidad normal, mientras no se acredite una incapacidad", afirma.