El Supremo condena a Alberto Cortina a pagar 457.894 euros de IRPF por la compra de bonos austriacos

Actualizado: martes, 24 junio 2008 19:29

MADRID, 24 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha condenado al empresario Alberto Cortina a pagar 457.894 euros en concepto de liquidación tributaria del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio 1991 por la compra y posterior venta de un paquete de bonos emitidos por el Estado austriaco.

La sentencia, dictada el pasado 2 de junio por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, desestima el recurso de casación presentado por Cortina contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativa de la Audiencia Nacional de 30 de enero de 2003. Esta sentencia desestimó a su vez el recurso presentado por el empresario contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de 17 de noviembre de 2000, que le condenó a devolver su deuda con Hacienda.

El fallo rechaza todas las alegaciones del empresario y concluye que la disminución patrimonial declarada, derivada de la diferencia entre el valor de adquisición de los bonos austriacos y su enajenación, resulta "económicamente ficticia" y "fiscalmente inadmisible como minusvalía".

El Alto Tribunal considera que los intereses de los bonos austriacos "no pueden servir simultáneamente para ser considerados como rendimientos de capital mobiliario y para determinar alteraciones patrimoniales". La sentencia recuerda que el 24 de febrero de 1995 se modificó el Convenio Hispano-Austriaco de 20 de diciembre de 1966 para evitar la doble imposición.

"La diferencia negativa entre el valor de adquisición de los bonos emitidos por el Estado austríaco y el valor de enajenación, tras haber vencido los cupones por intereses, no constituye una minusvalía que pueda compensarse con otros incrementos obtenidos en el ejercicio", concluye el dictamen.

Cortina declaró en 1991 ante la Agencia Tributaria una minusvalía de 79,5 millones de las antiguas pesetas (457.894 millones de euros) en el IRPF por la compra de bonos de Deuda Pública de la República de Austria y su posterior venta, tras el cobro de los cupones, por importe inferior al de compra.

En fecha 16 de junio de 1997, se le incoó un acta de disconformidad por esta declaración del IRPF y se le propuso una corrección de la autoliquidación practicada por dicho importe al no admitir la compensación de los incrementos de patrimonio obtenidos en el ejercicio 1991 con la disminución de patrimonio correspondiente a la venta de los bonos.