El Supremo confirma la sentencia del triple crimen de la joyería de Castelldefels (Barcelona)

Actualizado: viernes, 23 julio 2010 19:33

BARCELONA, 23 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del triple crimen de la joyería de Castelldefels en 2005, desestimando el recurso de casación interpuesto por los dos procesados, Fernando S.M. y su sobrino Juan Antonio S.H., condenados a más de 64 años de cárcel y a más de 46, respectivamente, por tres delitos de asesinato y uno de intento de robo con violencia.

Los hechos ocurrieron sobre las 11 de la mañana del 29 de noviembre de 2005, cuando los atracadores entraron a la joyería Royo, en la calle Antonio Machado, provistos con un revólver falso y un gran machete.

Aprovechando que sus dueños conocían a uno de ellos porque había instalado el aire acondicionado, y valiéndose de su confianza, intentaron robar y asesinaron a golpes de machete al matrimonio que la regentaba y a uno de sus hijos.

En diciembre, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ya confirmó la sentencia, dictada por la Audiencia de Barcelona y basada en el veredicto emitido por el tribunal popular que juzgó el caso, porque no apreció ningún defecto de forma y consideró que existían pruebas suficientes para culpar a los dos acusados.

Los dos condenados interpusieron un nuevo recurso esta vez ante el Supremo, alegando "falta de pruebas de cargo directas", ya que, según ellos, los hechos solo acreditan algunas circunstancias pero no determinan la manera en que se produjeron los hechos ni quienes fueron los autores materiales.

En la sentencia, el Supremo recuerda que su función no es valorar de nuevo las pruebas practicadas, pero sí puede verificar que "efectivamente" el tribunal contó con suficientes pruebas acusatorias sobre la comisión de los asesinatos y la participación de los condenados y "no albergó duda alguna".

La defensa de Fernando S.M. también pedía una eximente debido a un brote súbito epiléptico como consecuencia de la ingestión de antidepresivos y ansiolíticos, ya que era drogodependiente, algo que ya desestimó tanto la Audiencia como el TSJC.

El alto tribunal considera que no queda acreditada "la concretad e individualizada situación del sujeto en el momento". Respecto al brote de epilepsia, precisa que no hay contradicción entre que una persona padezca una crisis y que sus facultades mentales se conserven.

UN MÁXIMO DE 40 Y 25 AÑOS DE CÁRCEL

La sentencia --ahora confirmada por el TS-- establece que, como máximo, Fernando S.M. cumplirá una pena de 40 años de prisión, y que Juan Antonio S.H. estará recluido como máximo 25 años.

Además, condena a ambos a pagar al otro hijo de las víctimas 450.000 euros por daño moral y 5.876,23 euros por los desperfectos ocasionados a la joyería; 200.000 euros a los padres de la joyera y 120.000 a los tres hermanos del joyero y les prohíbe acercarse a menos de un kilómetro de Castelldefels o de los familiares hasta tres años después de que salgan de prisión.

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