El Supremo declara el derecho de dos tránsfugas a incorporarse al Grupo Mixto en la Diputación de Palencia

Actualizado: domingo, 3 junio 2007 14:00

MADRID, 3 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha declarado el derecho de dos concejales de la Diputación de Palencia que abandonaron el PP a incorporarse al Grupo Mixto o Independiente, al entender que nuestro ordenamiento establece el ejercicio de sus funciones en el seno de la Corporación a través de los grupos políticos y no de diputados individualmente.

En concreto, el alto tribunal afirma que nuestro ordenamiento jurídico ha establecido un sistema de actuación en el seno de las corporaciones locales mediante la organización en grupos políticos de modo que la pertenencia a un grupo político forma parte del estatus propio de todo concejal o diputado provincial y es el cauce legalmente previsto para que éstos desarrollen su trabajo, por lo que considera acertada la conclusión a la que llegó el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

El TSJCL declaró que si se impide a un diputado provincial la pertenencia a un grupo se vulnera el derecho fundamental que les reconoce el artículo 23.2 de la Constitución, pues se le estará situando en una situación de desigualdad en el desempeño de sus funciones respecto al resto de miembros de la Corporación. Dicho artículo afirma que "tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes".

DERECHO A PARTICIPAR EN COMISIONES.

De esta forma, se declara el derecho de los diputados Mariano Haro Cisneros y José Gutiérrez de Diego, que en 2001 abandonaron el PP y se les impidió incorporarse al Grupo Mixto, a integrarse en éste, a participar en las comisiones informativas existentes en la Corporación y a que se les asigne a dicho grupo la dotación económica correspondiente, así como a contar con un despacho en el que atender a los ciudadanos.

Asimismo, el alto tribunal también declara su derecho a ser indemnizados, según las cuantías y criterios establecidos para los demás diputados provinciales, por las sesiones de las Comisiones Informativas a las que dejaron de asistir en virtud de los acuerdos que se anulan, indemnización que se determinará en ejecución de sentencia.

A ambos concejales se les impidió incorporarse al Grupo Mixto, tras abandonar el PP, aunque uno de ellos, Gutiérrez de Diego, acabó volviendo a sus filas. El motivo de esta negativa fue la aplicación del Código de Conducta Política en la Diputación Provincial de Palencia, que había sido aprobado por la Corporación en julio de 2000.

El alto tribunal también ha anulado este Código y las resoluciones del presidente de la Diputación Provincial de febrero de 2001 que impidió a los dos tránsfugas incorporarse al Grupo Mixto.

El argumento para prohibir su inclusión era que "los diputados provinciales no son detentadores de la representación popular sino de la del partido político a quien corresponda su puesto, de modo que el abandono de un grupo político por el diputado perturba su puesto, de modo que el abandono de un grupo político por el diputado perturba el interés general en cuanto modifica la relación de fuerzas políticas nacidas de la atribución de los puestos de diputado".