El Supremo rebaja de 15 a 13 años de prisión la pena impuesta a Manuel Charlín Gama por blanqueo de dinero

Confirma la condena impuesta a otros diez miembros del "clan de los charlines" y rebaja a 2 años de cárcel la pena a otros tres

Europa Press Nacional
Actualizado: martes, 27 marzo 2007 17:11

MADRID, 27 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha rebajado de 15 a 13 años de prisión la condena impuesta por la Audiencia Nacional al patriarca del "clan de los charlines" Manuel Charlín Gama, por blanqueo de capitales procedentes del narcotráfico, al retirarle uno de los tres delitos contra la Hacienda Pública por el que también había sido condenado.

En una sentencia hecha pública hoy, el Supremo confirma la condena de entre 15 y 4 años de cárcel impuesta a otros diez miembros del clan y rebaja de 4 años y 2 meses a 2 años de prisión la pena impuesta a José Luis Piñeiro Vidal, José Luis Lizabe Moldes y Carolina Outón Caamaño, al retirales la agravante de pertenencia a organización por participar "sólo" en una de las operaciones de blanqueo.

En cuanto a Charlín Gama, el alto tribunal señala que la absolución por uno de los tres delitos contra la Hacienda Pública por el que fue condenado responde a la aplicación retroactiva de la modificación de cuantías mínimas a partir de la cual existe este tipo penal contra el Erario Público.

Es decir, la cuota tributaria defraudada en 1995 equivalía a 115.253,75 euros, cantidad inferior al mínimo exigido por la ley para castigarla como delito, que es de 120.000 euros. Por ello, la multa de 2.916.000 euros que le impuso el tribunal queda rebajada a 2.316.000 euros.

En su sentencia, el Supremo sustituye, asimismo, el decomiso de los bienes muebles e inmuebles y del dinero intervenido al clan, que había sido decretado inicialmente, por el embargo de los mismos, con el fin de asegurar las responsabilidades pecuniarias y civiles de cada uno de ellos.

CONFIRMACIÓN DE CONDENAS.

En cuanto al resto de los condenados, el Supremo confirma la condena de 15 años de cárcel impuesta a Josefa Charlín Pomares, hija de Manuel, por blanqueo de capitales y tres delitos contra la Hacienda Pública, con la agravante de ser jefe de la organización, y multa de 5.700.000 euros.

También confirma la pena a 8 años de prisión impuesta a Oscar Charlín Pomares, también hijo de Manuel; a 12 a Manuela Nine Suárez; a 8 a Adelaida y Manuel Charlín Pomares, Noemí Outón Charlín (hija de Josefa), Manuel Santorum y Rubén Pérez Conles; y a 4 años y 2 meses a Pascuale Imparato.

La sentencia de la Audiencia Nacional absolvió a otra de las hijas del patriarca, María Teresa Charlín Pomares, quien también estaba acusada de blanquear dinero procedente del tráfico de drogas.

La sentencia de instancia ordenó la disolución de las empresas utilizadas para blanquear el dinero procedente del narcotráfico y la clausura de sus locales. Se trata de Vinicola Sotomayor, Charpo, Allesa-72, Mar Blanco, Promotora Playavilla, Pibarce, Camping Puente Viejo, Machnp, Granirrosa, Nine Mejilloneras y Congelados Costa Verde.

BOLETOS PREMIADOS.

La sentencia consideró probado que el "clan de los charlines", para ocultar el origen ilícito de los flujos monetarios que manejaban, "que eran muy superiores al generado por su actividad empresarial y laboral ilícita", usaban diversos procedimientos como la compra de boletos de lotería premiados, adquisición de propiedades o de activos financieros.

Así, señaló que entre 1992 y 1995 adquirieron boletos premiados de los sorteos de la lotería nacional, de la ONCE, de la lotería primitiva y de las quinielas. Los condenados compraban dichas participaciones a sus propietarios y las cobraba "como si hubieran sido producto del azar". "Mediante este sistema, el importe de los premios aparecía como dinero de origen legal a la vez que estaba exento de tributación el primer año, por lo menos", añade el fallo.

De igual forma, los miembros del clan compraban al contado propiedades inmobiliarias "haciendo constar en las escrituras públicas un precio inferior al real". Los "charlines" también invirtieron fondos ilícitos en productos financieros fiscalmente opacos, como pagarés del tesoro y, cuando perdían esa cualidad, reinvertían el dinero en otros activos financieros y negocios.

El clan que encabezaba Manuel Charlín Gama constituyó sociedades y adquirió empresas con diversos objetos sociales que van desde cocederos de marisco o importación/exportación de pescado, hasta producción de vino, por un precio declarado inferior al realmente pagado. En estas empresas hicieron ampliaciones de capital "con dinero que en su mayor parte procedía, directa o indirectamente, de las actividades ilícitas". "De este modo, confundían fondos de origen conocido y desconocido, lícito e ilícito", añade la sentencia.

Además, los miembros del clan realizaban mejoras en los inmuebles y las instalaciones de las sociedades de su propiedad y compraban diversos bienes de consumo, manteniendo un nivel de vida superior al que correspondía a los ingresos que obtenían lícitamente.

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