El Supremo revisará el 7 de junio la condena de Otegi a 15 meses de cárcel por el homenaje a "Argala"

Ese mismo día la Sala también estudiará el recurso presentado contra la absolución de los miembros de Soziedad Alkoholika.

Europa Press Nacional
Actualizado: miércoles, 23 mayo 2007 15:24

MADRID, 23 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo revisará el próximo 7 de junio la condena a 15 meses de prisión y 7 años y 3 meses de inhabilitación absoluta impuesta por la Audiencia Nacional al dirigente de Batasuna Arnaldo Otegi por un delito de enaltecimiento de acciones terroristas, por su participación en el homenaje al etarra José Miguel Beñarán Ordeñana, alias 'Argala', celebrado el 21 de diciembre de 2003 en Arrigorriaga (Vizcaya), con motivo del 25 aniversario de la muerte del dirigente etarra.

Si la Sala compuesta por el presidente de la Sala Segunda, Juan Saavedra, y los magistrados Siro García -que será ponente de la resolución que se adopte-, Miguel Colmenero, Juan Ramón Berdugo y Julián Sánchez Melgar ratifica la condena impuesta a Otegi, podría ingresar en prisión, al ser la segunda firme que tiene en su contra. A finales de 2005, el Supremo le impuso un año de cárcel por injurias al Rey.

La vista del recurso de casación por Argala había sido fijada en un primer momento para el pasado 12 de abril, aunque finalmente el Supremo, como es práctica habitual, decidió retrasarla hasta después de las elecciones del próximo domingo.

La Audiencia Nacional condenó a Otegi por un delito de enaltecimiento del terrorismo, por su participación en el homenaje al histórico etarra, en el que colocó un clavel junto a la fotografía de Argala y se dirigió a los alrededor de 200 "concentrados presentándoles y animándoles a favorecer la llamada 'Propuesta de Bergara' que supone la creación de un frente común de todos los partidos nacionalistas con el objeto de 'lograr la libre determinación y la libertad de los presos de ETA', propuesta que equiparó con la que tuvo lugar en Txiberta-Biarritz entre dirigentes de ETA y el PNV'" en 1977.

El acusado se refirió a Argala "como persona con acertada visión de futuro y adecuados y ajustados planteamientos a favor de Euskal Herria", señalando que ya predijo tras el fracaso de tal reunión que no se lograría la paz mientras las fuerzas abertzales no se unieran para negociar con Madrid el encaje de Euskadi en el Estado".

La sentencia que será revisada en junio subrayaba que las manifestaciones vertidas por Otegi "expresan la absoluta identificación ideológica del acusado con la organización criminal ETA, sus objetivos, sus actividades y su método de actuación", máxime cuando las mismas han de ser valoradas "teniendo muy presente que su autor, el acusado, es precisamente el líder de la ilegalizada formación radical vasca Batasuna".

Según el tribunal, las palabras de Otegi en este acto supusieron "cuando menos menos señal, de aprobación, entusiasmo o admiración a la figura del dirigente terrorista, sin excluir la eufemísticamente denominada 'lucha armada' a favor de la autodeterminación del País Vasco, y contextualizando ésta en el marco de un conflicto político, todo lo cual desborda los límites del concepto de opinión.

VARIAS CAUSAS EN LA A. NACIONAL.

A pesar de su reciente absolución por el homenaje a la etarra Olaia Castresana, al retirar la Fiscalía su acusación, Otegi tiene otras tres causas abiertas en la Audiencia Nacional: una por enaltecimiento del terrorismo en el Juzgado Central número 4, otra por la denominada propuesta de Anoeta en el número 6 y la seguida por Baltasar Garzón contra Batasuna.

La causa por el homenaje a Arkaitz Otazua, muerto en un enfrentamiento con la Ertzaintza, en el alto de Herrera, en Alava, fue archivada, aunque el juez Fernando Grande-Marlaska podría revocar su su decisión, tras estudiar nuevas pruebas.

SOZIEDAD ALKOHOLIKA.

Por otra parte, la misma Sala del Tribunal Supremo estudiará también el 7 de junio el recurso presentado por la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) contra la absolución de los cinco miembros del grupo musical Soziedad Alkoholika y su manager del delito de enaltecimiento el terrorismo del que habían sido acusados. La Audiencia Nacional les absolvió al entender que las letras del grupo no constituyen delito alguno puesto que no hacen apología de ETA y tampoco incurren en menosprecio a las víctimas de la organización terrorista. Además, el tribunal de instancia recordaba que los integrantes e Soziedad Alkoholika han manifestado en varias ocasiones que "repudian" las acciones de ETA y "se muestran contrarios a todo tipo de violencia".

Además, en una entrevista en 2000 afirmaron que no apoyan la existencia de ningún grupo armado en una democracia" y que "ser vasco y tener canciones en contra de la Policía lo que no nos gusta, no es lo mismo que apoyar a ETA".

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