MADRID 12 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Pleno de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo revisará mañana la condena a muerte, luego conmutada por prisión, de un republicano acusado de hacer interferencias desde la estación de radio EAJ-9 de Málaga el 18 de julio de 1936 para "que no pudieran oírse en esta ciudad las emisoras del norte de África adictas en aquellas horas al Movimiento Nacional".
El pasado 18 de octubre, la Sala Quinta autorizó a Fernando Puente, hijo de Ricardo Puente Rodríguez, a interponer un recurso de revisión contra la condena de su padre. El entonces propietario de Radio Málaga fue absuelto el 14 de abril de 1937 de un primer proceso, y en agosto de ese mismo año volvió a ser juzgado y en esa ocasión condenado a muerte por un delito de rebelión militar.
Aunque la Fiscalía en un principio se opuso a la revisión, acabó apoyando la autorización, tras conocer los dos procedimientos que se siguieron contra Puente. La Sala de lo Militar afirmó en el auto en el que autorizó solicitar la revisión que la sentencia absolutoria "carece de una precisa narración fáctica" que imposibilita conocer con precisión los hechos imputados al militante de Izquierda Republicana.
El instructor del procedimiento absolutorio decía que Puente "perteneció a Acción Republicana y después a Izquierda Republicana. Fue director de Radio Málaga de cuyo cargo fue destituido el 28 de noviembre" de 1936. "No se ha comprobado que él, personalmente, hiciera propaganda roja y de la prueba documental aportada resulta que, aun afiliado a un partido de izquierda, repugnaba los procedimientos y desmanes de los marxistas y en ocasiones se expresaba contra ellos", señalaba la resolución.
En cambio la sentencia condenatoria se justificaba en "la propaganda antes y durante el Movimiento hecha en la estación de radio EAJ-9, de su propiedad", y en "las interferencias hechas en la mañana del día 18 de julio para que no pudieran oírse en esta ciudad las emisoras del norte de África adictas en aquellas horas al Movimiento Nacional". También se mencionaba que realizó una campaña en apoyo "de la defensa de Madrid".
La Sala de lo Militar, que estudiará con detenimiento el asunto mañana, afirmaba en el auto que autorizó la presentación del recurso de revisión que no puede descartarse que Puente fuera juzgado por unos hechos por los que ya había sido absuelto, por lo que, "por si hubiera lugar a reparar el error que entonces pudo cometerse", autorizaba la revisión.
El recurso de revisión de Puente es el segundo autorizado por el Tribunal Supremo en los últimos quince años y el anterior finalmente no prosperó.
La Sala Quinta también debe decidir si autoriza o no la revisión de la condena de Salvador Puig Antich, ejecutado a garrote vil el 2 de marzo de 1974, por la muerte de un policía. De momento, los magistrados han decidido practicar la prueba testifical solicitada por el abogado de las hermanas del anarquista catalán.