El TC rechaza las medidas cautelares contra el traslado de los 'Papeles de Salamanca'

Europa Press Nacional
Actualizado: lunes, 20 febrero 2006 16:45

MADRID, 20 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado hoy las medidas cautelares solicitadas por la Junta de Castilla y León contenidas en el recurso interpuesto ante este órgano contra la Ley 21/2005 de 17 de noviembre de restitución a la Generalitat de Cataluña de los documentos incautados con motivo de la Guerra Civil custodiados en el Archivo General de la Guerra Civil Española y de creación del Centro Documental de la Memoria Histórica.

Según el auto, el TC de acuerdo con la Constitución, la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) y la doctrina constitucional, "tiene vedada la posibilidad de suspender la aplicabilidad de la Ley estatal como consecuencia de la presunción de legitimidad que tiene la Ley por ser manifestación de la voluntad expresada por el legislador".

Asimismo, "no puede acogerse, por tanto, el alegato de la parte actora (Junta de Castilla y León) de que haya que distinguirse entre leyes que contengan mandatos generales o abstractos y leyes que incluyan mandatos específicos y que, respecto a estas últimas, pueda el tribunal acordar cualquier tipo de medida provisional que, en definitiva, suspenda la aplicación de las prescripciones legales. Y ello porque la doctrina constitucional reproducida otorga una eficacia a la Ley, a cualquier Ley estatal, que no admite su debilitamiento hasta que recaiga sentencia".

En cuanto a que el tribunal acuerde la primera de las medidas solicitadas, esto es, la revisión de las 507 cajas, que contienen documentos microfilmados, para garantizar el efectivo cumplimiento de lo regulado en determinados preceptos de la Ley y con ello que los documentos contenidos en dichas cajas son sólo aquellos a los que se refieren los aludidos preceptos legales, manifiesta que "la petición resulta ajena a esta jurisdicción en aplicación de lo regulado en la LOTC (arts. 3 y 4.2), pues dichos preceptos no han sido recurridos".

Igual razonamiento cabe aplicar a la petición de requerimiento a la ministra de Cultura para que deje sin efecto provisionalmente la entrega a la Generalitat de Cataluña de los documentos incautados.

RECURSO DE LA JUNTA

La Junta de Castilla y León solicitó en el recurso de inconstitucionalidad presentado que con carácter previo a la entrega a la Generalidad de Cataluña de los documentos, fondos documentales y efectos a que hacen referencia los artículos 2.1 y 4.2 de la Ley 21/2005, de 17 de noviembre, se procediera a la revisión del contenido de las 507 cajas en la que se conservan los documentos que fueron microfilmados en virtud del Convenio de 1982.

Asimismo, pidió que se aplazara la salida de cualquier documento del Archivo hasta que se dictara la sentencia que ponga fin a este recurso. Además, requería a la ministra de Cultura para que dejara sin efecto provisionalmente la entrega a la Generalidad de Cataluña de los documentos a que se refiere el art. 4.2 de la Ley recurrida hasta que recaiga Sentencia.

Por su parte, según el auto, el Abogado del Estado considera que las Leyes estatales no pueden ser suspendidas como consecuencia de la admisión a trámite de un recurso de inconstitucionalidad de modo que el tribunal no puede acordar su suspensión, tal y como se expone en el auto.

Respecto a las medidas provisionales solicitadas por la Junta de Castilla y León consistente en la revisión de las 507 cajas, el auto indica que "no corresponde a la jurisdicción constitucional sino a la jurisdicción contencioso-administrativa".

En cuanto a la medida consistente en que se aplace la salida de cualquier documento del Archivo de la Guerra Civil, "supone la suspensión efectiva de los artículos 2.2, 3 y 5 de la Ley recurrida".

Por último, en cuanto a la solicitud de requerimiento a la ministra de cultura , el auto indica que "se trata de medidas ajenas a la jurisdicción constitucional".

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