El tribunal del 11-M condena únicamente a tres de los ocho integrantes de la 'trama asturiana' que dirigía Trashorras

Actualizado: miércoles, 31 octubre 2007 21:30


MADRID, 31 Oct. (EUROPA PRESS) -

El tribunal que ha enjuiciado los atentados que se produjeron el 11 de marzo de 2004 en Madrid únicamente ha condenado a tres de los siete integrantes de la denominada 'trama asturiana' de la masacre, que organizó, según acredita la sentencia, el ex minero José Emilio Suárez Trashorras, condenado a 34.715 años de prisión.

Los tres condenados son los siguientes:

-- Raúl González, 'El Rulo':

La sentencia le condena a 8 años de prisión por un delito de suministro de sustancias explosivas. El tribunal indica que sólo se le considera culpable de este delito, dado que "no hay el mínimo atisbo de que el procesado conociera siquiera remotamente el uso o destino que se iba a dar" a los explosivos "ni el carácter, pensamiento o actividades de sus destinatarios".

-- Sergio Álvarez Sánchez:

Condenado a 3 años de cárcel por un delito de transporte de explosivos, si bien el tribunal le retira la acusación de colaboración con banda armada, pues no conocía el uso que iba a darse a los explosivos. El tribunal considera probado que por encargo de Trashorras viajó en autobús desde Asturias a Madrid con 40 kilos de explosivos que entregó a El Chino. Rechaza la coartada del ahora condenado de que creía que llevaba discos compactos.

-- Antonio Iván Reis Palicio:

Recibe una condena de tres años por suministro de explosivos, aunque es absuelto de asociación ilícita. Como en el caso anterior, el tribunal no acepta la coartada, según la cual creía que llevaba hachís.

ABSUELTOS LOS DEMÁS ACUSADOS

La sentencia absuelve a los otros cinco miembros de la denominada 'trama asturiana': el ex cuñado de Trashorras, Antonio Toro; su ex mujer, Carmen Toro; el vigilante de Mina Conchita, Emilio Llano; y los también acusados Javier González Díaz e Iván Granados Peña.

-- Antonio Toro:

Absuelto de los delitos de asesinato terrorista, aborto, colaboración con banda armada, organización o grupo terrorista, asociación ilícita en grado de dirigente y tráfico o suministro de explosivos y estragos. El tribunal llegó a la conclusión de que existe una duda razonable sobre su intervención en el tráfico de explosivos relativo a los atentados del 11-M y 3 de abril de 2004, lo que conduce a su absolución en aplicación del principio "in dubio pro reo".

-- Carmen Toro:

Absuelta después de que el tribunal albergue "dudas sólidas sobre su intervención de los hechos más allá del acompañamiento de su marido (Suárez Trashorras) en los viajes a Madrid (para la venta de explosivos en reuniones con El Chino) y su estancia en la Finca de Morata de Tajuña, donde discutió con le mencionado suicida por sus ideas radicales". Asimismo, explica que los contactos telefónicos tampoco son significativos, pues su teléfono móvil hacía las veces de teléfono familiar y quien hablaba habitualmente era su marido Suárez Trashorras.

-- Javier González Díaz:

El tribunal le absuelve de los delitos de asociación ilícita y suministro de sustancias explosivas. La única prueba de cargo contra él era un testimonio, que no fue corroborado por Suárez Trashorras.

-- Emilio Llano:

El vigilante de Mina Conchita. Absuelto también de un delito de suministro de explosivos, al achacársele un "conducta pasiva", pero no activa, "que propicia la sustracción de explosivos de la mina".

-- Iván Granados Peña:

Absuelto de sendos delitos de asociación ilícita y suministro de sustancias explosivas. El tribunal afirma que estuvo en el mirador de Tineo (desde que se veía Mina Conchita) con Suárez Trashorras cuando éste se encontró con Raúl González Peláez, alias "Rulo", pero no consta que hiciera labor de vigilancia alguna.