TS absuelve a un notario condenado por infidelidad en la custodia de documentos

Actualizado: martes, 28 abril 2009 21:12

Asegura que emprenderá acciones legales contra los magistrados de la Audiencia que lo condenaron

MÁLAGA, 28 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto al notario Fernando Agustino Rueda que fue condenado por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Málaga por un delito de infidelidad en la custodia de documentos dentro del caso iniciado por el presunto soborno a un funcionario en relación a las cuentas de la empresa Hotel Los Monteros.

Además, el Supremo, según la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, confirma la absolución dictada por la Sala de Málaga para dos directivos del hotel; y mantiene la condena por cohecho a dos asesores fiscales, inspectores de Hacienda en excedencia, aunque modificando la pena.

Los hechos de esta causa se remontan a 2002, cuando, según acusó la Fiscalía, dos de los directivos del complejo hotelero "alarmados ante el previsible resultado" de una inspección, contrataron los servicios de la firma Abogados Financieros y Tributarios, integrada por tres inspectores en excedencia, acusados en el caso.

Según la acusación, en septiembre de 2003, los asesores descartaron la prescripción del expediente u otras vías de defensa, por lo que "decidieron intentar el soborno" del inspector responsable del informe para obtener un acta de conformidad "falseando la verdadera situación tributaria de la sociedad".

Asimismo, la sentencia apelada indicaba que en el curso de las intervenciones telefónicas, se detectó que un notario contrató como asesor a uno de los inspectores del despacho, de forma que se diseñó un plan para "maquillar las cuentas" y evitar una investigación sobre ingresos no declarados, estrategia que fue rechazada por el fedatario público, quien decidió "la eliminación de los dispensados", según dicha resolución.

El Supremo casa y deja sin efecto la sentencia de la Audiencia de Málaga, al estimar parcialmente los recursos interpuestos por los dos asesores condenados, eliminando la pena impuesta inicialmente de un año de prisión e inhabilitación especial por cuatro años y sustituyéndola por la de multa de 72.000 euros a cada uno de ellos.

Asimismo, estima en su totalidad el recurso presentado por el notario, declarando "no constitutivos de delito" los hechos. Se explica que los hechos probados describen una acción que no cabe calificar de destrucción ni de ocultación y se precisa que "no se acusa al recurrente de ninguna figura delictiva relacionada con la contabilidad fiscal del notario acusado ni, menos aún, con el cumplimiento de sus deberes tributarios".

Se apunta en la resolución que "la palabra dispensado, que en dichos instrumentos escribió, primero, y mandó borrar, después, el acusado, en nada afectaba al contenido de dichos instrumentos amparados por la fe publica derivada de la intervención del acusado como notario", considerando que resulta "indemne tanto si persiste la anotación como si ésta se suprime".

ACCIONES LEGALES

En este sentido, el notario precisó a Europa Press que en la sentencia del Supremo, "nuestro más alto Tribunal se muestra contundente en sus razonamientos", con afirmaciones, según dijo, como que la sentencia apelada "ni siquiera dedicó la atención deseable para justificar dicha condena" y considerando "intolerable la interpretación extensiva efectuada por la sentencia condenatoria".

El notario manifestó que, no obstante, dicha resolución "adolece de una clara falta de valentía para abordar la vulneración ilícita y en cascada de derechos fundamentales de que he sido objeto, siendo así que los jueces y tribunales son, o debieran ser, los garantes legales de la indemnidad de tales derechos".

Asimismo, añadió que aunque la sentencia le devuelve el honor, "el Estado de Derecho exige que la última palabra no quede dicha hasta que el juez instructor y el fiscal respondan de sus actos ante esa justicia que dicen representar, así como todos aquellos que los han alentado y cobijado, sea cual fuere la institución o Tribunal a que pertenezcan".

Por ello, anunció la próxima interposición de nuevas acciones penales "y de modo especial contra los magistrados integrantes de la Sección Octava de la Audiencia malagueña", cuya sentencia calificó de "extraordinariamente grosera y alejada de cualquier interpretación racional".