El TS confirma el archivo de la querella contra Garzón por prevaricación en la instrucción del 'caso del ácido bórico'

Actualizado: lunes, 7 mayo 2007 18:14

MADRID, 7 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha confirmado el archivo de la querella presentada por el sindicato de funcionarios de Manos Limpias contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por un presunto delito de prevaricación en la instrucción del 'caso del ácido bórico", puesto que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó que la competencia para investigar la supuesta manipulación del informe correspondía a los juzgados ordinarios.

En un auto hecho público hoy, la Sala de lo Penal del Supremo desestima el recurso de súplica interpuesto por el sindicato de funcionarios contra el auto que decretó el archivo de la querella, al considerar que los hechos denunciados no eran objeto de ilícito penal alguno.

El Supremo critica que en el recurso de Manos Limpias "no existe ni una línea dedicada a combatir la falta de legitimidad activa para el ejercicio de la acción popular", lo que, según apunta, "sería ya motivo suficiente para rechazar de plano el recurso por inexistencia del mismo".

Asimismo, hace hincapié en que el sindicato no estaba personado en las diligencias del Juzgado Central de Instrucción número 5 en las que se investigaba el informe, por lo que no puede ahora aducir que la resolución de Garzón, que entonces imputó un delito de falsedad a los peritos autores del documento, les hubiera producido perjuicio alguno.

SIN EFECTO.

En su auto del pasado diciembre, el alto tribunal destacó que una vez que las partes plantearon la falta de competencia de la Audiencia Nacional para investigar el caso y la cuestión fue resuelta por la Sala, se dejó sin efecto lo actuado y se remitió a los juzgados de Plaza Castilla, recayendo en el Juzgado de Instrucción numero 35 de Madrid.

De este modo, el alto tribunal subrayó que no se podía acusar al juez Garzón de "una actuación arbitraria" en la instrucción del procedimiento, ni de que hubiese adoptado ninguna decisión "carente de motivación" o que supusiese un "retorcimiento del Derecho".