BARCELONA 28 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha rebajado, por un error lingüístico, la condena impuesta a cinco narcotraficantes que fueron detenidos cuando descargaban más de 4.000 kilos de hachís en la Cala Bona de Tossa de Mar (Girona). La Sala Penal ha rebajado la pena de tres a dos años de prisión porque no utilizaron un buque para trasladar la droga, sino una lancha motora.
La Audiencia de Girona condenó a los procesados a tres años de prisión y a una multa de seis millones de euros por un delito intentado contra la salud pública utilizando un buque --lo que agrava la pena según el Código Penal--, pero los procesados recurrieron la resolución judicial ante el Supremo alegando, entre otros, que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia.
La Sala Penal rechazó los diversos motivos esgrimidos por las defensas de los procesados, salvo uno: que utilizaron una lancha motora y no un buque para trasladar la droga, por lo que la condena debía ser menor a la que impuso el tribunal de primera instancia.
Sobre la 1.30 horas del 8 de mayo de 2006, un bote se aproximó a la costa con las luces apagadas y una embarcación neumática se acercó a él. Los tripulantes descargaron 126 fardos y los llevaron a la playa. Como se comprobó después, en los paquetes había más de 4.000 kilos de hachís, que hubieran superado los 5,2 millones de euros en el mercado negro.
Agentes de la Guardia Civil, que vigilaban la zona ante las sospechas de que podía producirse un desembarco de droga, decidieron intervenir con el apoyo de los Mossos d'Esquadra y procedieron a detener a los sospechosos, pero sólo lograron arrestar a los cinco acusados.