TSJPV.-La defensa de Ibarretxe pide la anulación de todas las actuaciones y que se proceda al archivo inmediato del caso

Actualizado: miércoles, 19 diciembre 2007 15:21

Insta al juez-instructor a "no alargar indebidamente el proceso judicial", una vez que el TS ha sentado doctrina con el 'caso Botín'

BILBAO, 19 Dic. (EUROPA PRESS) -

La defensa del lehendakari, Juan José Ibarretxe, encausado por reunirse con Batasuna, ha solicitado al juez instructor, Roberto Sáiz, tras conocerse la sentencia del Tribunal Supremo sobre 'el caso Botín', la nulidad de todas las actuaciones y, en concreto, que se deje sin efecto el auto que dictó el 26 de octubre por el que resolvió la apertura de juicio oral contra el presidente del Gobierno vasco, los representantes del PSE-EE, Patxi López y Rodolfo Ares, y cinco miembros de la izquierda abertzale, entre ellos, Arnaldo Otegi.

De esta forma, reclama que dicte, en su lugar, una nueva resolución judicial en la que se decrete "el sobreseimiento libre de la causa y el archivo definitivo de cuantas actuaciones judiciales hayan derivado" del procedimiento penal.

En el incidente de nulidad presentado hoy ante el magistrado del TSJPV, la representación legal de Ibarretxe considera que es el momento procesal para plantear "la nulidad de lo actuado, y de forma especial", la resolución judicial por la que se abría juicio oral, tras conocerse, "en todos sus términos, los extremos" de la sentencia dictada por el pleno de la Sala Segunda de lo Penal del TS por la que se archiva la acusa abierta contra Emilio Botín, resolución judicial que adjunta.

En este contexto, señala que, "de manera indubitativa", la doctrina del Supremo en el denominado 'caso Botín', "da lugar a una aplicación de las normas esenciales del procedimiento penal distinta y contrapuesta a lo que se ha acordado por ese magistrado-instructor en el auto de apertura de vista oral de 26 de octubre de 2007".

Por ello, "en aras de evitar la indefensión" del lehendakari "y de tener que plantear el tema como cuestión previa en un momento procesal posterior, con lo que ello conllevaría de 'pena de banquillo'", cree "procedente y conforme a derecho dejar sin efecto y revocar" el citado auto y la providencia de 5 de diciembre de 2007 por la que Roberto Sáiz trasladó las actuaciones a la Sala de lo Civil y Penal del TSJPV.

Para la defensa del lehendakari, después de la decisión del TS, "resulta adecuado proceder de manera inmediata a la nulidad" de ambas resoluciones y dictar otro auto, en lugar del de apertura de juicio oral, "que conlleve el sobreseimiento libre y el archivo de la causa, con los efectos legales que ello suponga" hacia el presidente del Gobierno vasco "y al resto de los imputados en la causa penal".

DERECHOS FUNDAMENTALES

De no procederse de esta forma, considera que se vulnerarían derechos fundamentales que se establecen en los artículos 14, 23 y 24 de la Constitución, que defienden el principio de igualdad, el derecho a participar en asuntos, funciones y cargos públicos y el derecho a la tutela judicial efectiva.

A su juicio, "desde el punto de vista procesal, se dan en este momento las condiciones necesarias para articular el incidente de nulidad de actuaciones" porque es "coincidente con la situación del 'caso Botín' con la que se produce en esta causa", en referencia a que sólo acusa la acción popular, motivo por el que ha sido archivada la causa contra el financiero.

En esta línea, precisa que "la situación deviene nueva a raíz de la sentencia" del Supremo "que se adjunta por cuanto que, hasta ahora, la cuestión de la legitimación procesal para solicitar la apertura de la vista oral en el procedimiento abreviado era una cuestión objeto de controversia judicial no resuelta de manera uniforme".

Además, recuerda que el incidente de nulidad planteado en este momento procesal "obedece a la situación nueva" tras la sentencia del 'caso Botín' y que "debe ser trasladada, por lo que, de doctrina jurídica vinculante tiene, al presente proceso al tener una similitud evidente y que permitiría no alargar indebidamente el proceso judicial, una vez que ya se conoce con exactitud la opinión jurídica mayoritaria al respecto del pleno de la Sala de lo Penal del TS".

De esta forma, señala que, si no se procede a la anulación de las actuaciones, "se alargaría de forma innecesaria e injusta la aplicación de la doctrina jurídica" fijada "y supondría una inadmisible e injusta dilatación de la tutela judicial que vulneraría los derechos fundamentales" del lehendakari.