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Archivo - Entrada a la Audiencia Nacional, en una imagen de archivo - Alejandro Martínez Vélez - Europa Press - Archivo
Publicado: miércoles, 8 junio 2022 13:53

Recuerdan sus "decisiones polémicas a favor de etarras" y desconfían que forme parte de la sección primera de lo Penal

MADRID, 8 Jun. (EUROPA PRESS) -

Las asociaciones de víctimas del terrorismo han alertado este miércoles de que el criterio del juez de la Audiencia Nacional José Ricardo de Prada sobre la concesión de un permiso a un preso de ETA puede facilitar los terceros grados promovidos por el Gobierno Vasco tras los acercamientos a cárceles de esta comunidad autónoma aprobados por el Ministerio del Interior.

"Mucho nos tememos que a partir de este momento el criterio de la sección primera cambia radicalmente y esta va a ser la tónica para ratificar todos los terceros grados que sean concedidos por parte del Gobierno Vasco", ha señalado en declaraciones a Europa Press la abogada de Dignidad y Justicia (DyJ), Vanessa Santiago.

Fuentes de la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) también han valorado negativamente el auto, que firma como ponente el juez De Prada, en el que corrige la decisión del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria para dar un permiso al etarra Gorka Loran al considerar que el perdón "no es en absoluto un requisito legal" para denegar tal petición.

DECISIONES POLÉMICAS DEL JUEZ

"Desde la AVT ya advertimos que el traslado de De Prada a la sección primera no era una decisión inofensiva, sino que se trataba de una decisión tomada a conciencia para poder influir en las decisiones relativas a la vigilancia penitenciaria", señalan desde esta asociación, que recuerda las "decisiones polémicas a favor de los etarras" de este juez, motivo por el que ha sido recusado en varios procedimientos judiciales.

En un auto de 3 de junio firmado como ponente por De Prada, la sección primera de la Sala de lo Penal sostiene que el perdón del preso de ETA es un "indicativo" de una "buena evolución penitenciaria", aunque esto mismo también puede deducirse de otros elementos.

De esta forma, aprueba un permiso de salida en contra del criterio del Juzgado Central de Vigilancia para Gorka Loran Lafourcade, que cumple pena en el Centro Penitenciario de Álava (País Vasco) y del que dice que cuenta con una "valoración positiva" gracias a la observación diaria de su progresión y comportamiento.

Los magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Penal indican que el hecho de que no conste un escrito de un etarra "manifestando su arrepentimiento y petición de perdón a las víctimas no es en absoluto un requisito legal" para que obtenga un permiso penitenciario.

En el caso de Gorka Laran el tribunal subraya, además, que "no aparecen víctimas concretas" de su actividad delincuencial, "ya que no fue condenado por ninguna muerte ni lesión a persona alguna, sino por la colocación de artefacto explosivo que no llegó a explotar, siendo calificados los hechos de tentativa de asesinato".

Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press recuerdan que el perdón expreso y concreto a las víctimas solo es requisito imprescindible para conceder terceros grados, pero no para los permisos. En estos casos se trata de un elemento a valorar, pero no una exigencia legal como sí figura en el caso de las semilibertades.

INTERPRETACIÓN A FAVOR DE LA REINSERCIÓN

Vanessa Santiago, abogada de DyJ, subraya que la "gravedad del auto" firmado por De Prada no radica en la consideración del perdón para la concesión de un permiso penitenciario en concreto, sino en la interpretación genérica de este requisito puesto que prima la "crítica positiva que sirva para fortalecer el camino hacia la búsqueda de la reinserción social".

Las asociaciones de víctimas, muy críticas con la gestión penitenciaria hacia los presos de ETA del Gobierno de Pedro Sánchez, reclaman desde hace tiempo exigir la colaboración con la Justicia como elemento de prueba para valorar la reinserción social y del perdón por el daño causado.

Uno de los principales elementos de crítica de las asociaciones ha sido el uso de "cartas tipo" con arrepentimientos genéricos por los crímenes de ETA, pero la sección primera ahora resuelve que este tipo de escritos, como el que consta en el expediente de Gorka Loran --presentado mediante recurso, no durante su petición inicial-- "no es en absoluto un requisito legal" para el permiso.

"Durante estos años he reflexionado y he madurado, y como es normal, no pienso igual que como pensaba cuando cometí aquellos delitos", llegó a decir el etarra, que reconoció un "dolor y sufrimiento" que "lamenta profundamente".

Según ha señalado el tribunal, el permiso tiene como fin "la preparación para la vida en libertad, dado el estado de cumplimiento de la condena y próximo horizonte de libertad". Loran cumple condena de 20 años de prisión. Según consta en la resolución, se encuentra clasificado en segundo grado y no tiene sanciones.

De acuerdo con el informe penitenciario, en el programa individualizado de tratamiento, la evaluación global de las actividades prioritarias y complementarias es "excelente".

En febrero de 2006 el Tribunal Supremo confirmó la condena de 2.775 años de prisión para Loran y el también miembro de ETA Garikoitz Arruarte Santa Cruz por los 28 kilos de dinamita que colocaron en el 'Intercity' Madrid-Irún en la Nochebuena de 2003. La bomba estaba preparada para que estallara una vez el convoy hubiera llegado a la estación madrileña de Chamartín y, según el Alto Tribunal, pudo haber explotado en "cualquier momento" y causar la muerte de las 184 personas que viajaban.

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