Anulada la prohibición de la Delegación del Gobierno de una concentración por Ion Anza en Ororbia

Europa Press Navarra
Actualizado: jueves, 22 abril 2010 19:46

PAMPLONA 22 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha estimando un recurso presentado contra una resolución de la Delegación del Gobierno en Navarra que prohibía una concentración prevista para el 24 de abril en Ororbia para "defender los derechos de vida dignos de los presos políticos vascos y denunciar lo sucedido con Ion Anza", el miembro de ETA cuyo cadáver fue localizado en la morgue de la ciudad de Toulouse.

La sentencia anula la resolución de la Delegación del Gobierno al entender que, además de que ésta fue dictada fuera del plazo de 72 horas que al efecto establece la ley, "no se aprecia ilegalidad alguna" en la convocatoria de la concentración.

En concreto, según el juez, "la objeción de la Administración se concreta en que en el transcurso del acto convocado, a tenor de su convocatoria, podría producirse un enaltecimiento del terrorismo, como ya ha ocurrido en anteriores concentraciones similares".

Sin embargo, la sentencia argumenta que "no se ilustra sobre cuáles han sido esas ocasiones anteriores a las que se hace una referencia tan vaga, ni que se hayan incoado las causas penales que han de seguir a la comisión de dicho delito".

Así, el juez concluye que la previsión de la Administración "se fundamenta en datos no acreditados". "Lo único acreditado es que se va a defender los derechos y vida dignos de los presos políticos vascos y a denunciar lo sucedido con Ion Anza", afirma.

No obstante, puntualiza que "salvo el reparo que pueda oponerse al adjetivo 'políticos', no se aprecia ilegalidad alguna en lo primero". "Ni lo apreciamos en lo segundo, pues la mera 'denuncia' de lo con él sucedido no obsta que el nombrado fuese miembro de una organización terrorista, como se afirma y parece cierto", añade.

Por otro lado, la resolución indica que "no parecen cumplirse los requisitos para la prohibición", como el de la existencia de razones fundadas de alteración del orden público, sin que baste la mera sospecha, o la imposibilidad de adoptar otras medidas diferentes a la prohibición.

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