Condenado el Ayuntamiento a indemnizar a una alumna de Mendillorri que se hirió en una pierna en el patio

Actualizado: viernes, 29 enero 2010 17:32

PAMPLONA, 29 Ene. (EUROPA PRESS) -

El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Pamplona ha condenado al Ayuntamiento de la capital navarra a indemnizar a una alumna de 13 años con 2.764 euros por las lesiones originadas en un colegio público de Mendillorri. La menor se produjo una herida en una pierna tras golpearse con un hierro que sobresalía de una puerta metálica del patio.

El juez responsabiliza al Consistorio como titular del centro, pero no exclusivamente puesto que, a su juicio, la culpa también es de los responsables del colegio por permitir que la puerta permaneciese entornada.

El padre de la menor recurrió ante el Juzgado Contencioso- Administrativo en octubre de 2008 la resolución del director del Área de Hacienda Local del Ayuntamiento de Pamplona que desestimaba la reclamación de responsabilidad patrimonial como consecuencia de los daños sufridos por su hija con una puerta en el patio del centro Elorri de Mendillori.

Los hechos tuvieron lugar el 1 de febrero de 2008 cuando la niña de 13 años al pasar corriendo junto a una puerta metálica en el patio del colegio Elorri de Mendillorri, donde estudiaba, se golpeó la pierna con un hierro que sobrasalía y se produjo una herida que precisó de tres puntos de sutura y que le dejó una cicatriz de 2 centímetros.

Según expone el juez en una sentencia, los hechos denunciados por el padre de la menor están "plenamente acreditados" y añade que "efectivamente la responsabilidad de los hechos es del Ayuntamiento de Pamplona en tanto es el titular de dicho colegio público".

No obstante, afirma que "la culpa es evidentemente del colegio o de los responsables del mismo que permitían que esa puerta metálica con un hierro que sobresalía de forma prominente de la puerta permaneciese entornada". "Si la puerta hubiese estado cerrada, que es como debería haber estado, o abierta del todo, muy difícilmente se hubiesen producido los hechos".

Según el juez, "en unas instalaciones en las que, de forma prácticamente exclusiva, los usuarios son niños, deben extremarse hasta el límite las precauciones a fin de evitar accidentes como el que nos ocupa u otros de mayor gravedad".