PAMPLONA, 28 Ene. (EUROPA PRESS) -
El defensor del Pueblo de Navarra, Francisco Javier Enériz, se ha dirigido al consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, Carlos Esparza, sugiriéndole "la revisión en profundidad" de la Ley Foral de Protección Pública de la Vivienda y su posterior modificación. En su propuesta, Enériz afirma que la adjudicación de las viviendas debería basarse "en la necesidad acreditada de vivienda y la renta del solicitante, de forma que entre ellos sumarán la práctica totalidad de los cien puntos que se necesitan como máximo".
El defensor del Pueblo de Navarra ha remitido una carta al consejero de Vivienda tras la tramitación de diversas quejas referidas a la puntuación para el acceso a las viviendas protegidas, según informó esta institución en un comunicado.
Para poder acceder a una vivienda protegida se deberían incluir, en opinión de Enériz, todas aquellas circunstancias personales y familiares que justifican esa necesidad, mientras que en la renta del solicitante se deberían reflejar las circunstancias económicas del solicitante o de su unidad familiar, por tramos de renta y teniendo en cuenta las declaraciones de la renta de los últimos años.
La existencia en la unidad familiar de una persona discapacitada, la presencia de menores de edad, mayores en situación de dependencia severa o enfermos crónicos, por ejemplo, deberían incrementar la necesidad de acceder a una vivienda, "pues son estas personas, por su indudable vulnerabilidad, las más necesitadas de un hogar donde recibir la atención o cuidados necesarios", subrayó Enériz.
Respecto a la titularidad de una cuenta de ahorro para la adquisición de vivienda con derecho a deducción que supere la cantidad de 6.000 euros, "no aporta absolutamente nada relevante para la adjudicación de una vivienda protegida". Es más, subrayó Enériz, "dicha medida produce una discriminación entre personas en función de un elemento secundario como es la capacidad de ahorro económico".
Asimismo, han dado lugar a quejas los criterios de antigüedad "ininterrumpida" en el empadronamiento en uno o varios municipios de Navarra en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes; la puntuación referida a uno o más solicitantes de edad inferior a 35 o superior a 65 años o la "condición de cabeza de familia monoparental con uno o varios hijos", ya que penalizan a buena parte de la sociedad en función de su empadronamiento, su edad, o su condición de familia no monoparental.
Javier Enériz considera que debieran tenerse en cuenta para la puntuación, factores de renta (por tramos) y de necesidad de vivienda, entendida ésta cómo la resultante del número de familiares, menores de edad, hijos en edad de estudio o desempleados, familiares con enfermedades graves, mayores con un grado de dependencia elevada, personas divorciadas o separadas que rehacen su vida, etcétera.
Por otro lado, "habría que desechar factores como los de titularidad de la cuenta de ahorro, la antigüedad ininterrumpida en el empadronamiento, la edad sin más o la condición de cabeza de familia monoparental, en los términos en que actualmente está redactada la Ley Foral", concluyó el defensor.