El juez decreta el ingreso en prisión del detenido por el crimen del barrio pamplonés de San Jorge

Cordón policial
Europa Press
Actualizado: miércoles, 8 agosto 2018 13:58

El acusado reconoce la autoría de la muerte del padre de su pareja mediante "múltiples golpes en la cabeza"

PAMPLONA, 8 Ago. (EUROPA PRESS) -

El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona ha decretado el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza, por un delito de homicidio o asesinato, del investigado por el crimen perpetrado en el barrio pamplonés de San Jorge.

El crimen tuvo lugar el pasado domingo en una vivienda de la calle Santa Vicenta María, donde presuntamente el acusado golpeó "repetidamente" en la cabeza a su suegro causándole la muerte.

El detenido se atrincheró durante varias horas en el edificio generando gran expectación entre los vecinos de la zona que se congregaron ante el cordón policial. Efectivos de Grupo Especial de Operaciones (GEO) de la Policía Nacional fueron los encargados de entrar en el domicilio y detener al presunto autor del crimen.

En el auto en el que decreta el ingreso en prisión, el juez señala que, a la vista de las diligencias policiales y judiciales practicadas, "existen indicios racionales" de que el detenido acudió, entre las 13 y las 14 horas, al domicilio de la víctima, padre de su pareja sentimental, y por motivos que "aún no están aclarados" le golpeó "repetidamente en la cabeza con los puños, los pies y muy posiblemente un martillo de los usados para fracturar los cristales de los vehículos".

El acusado le causó "unas gravísimas lesiones consistentes en un traumatismo craneo facial masivo con gravísimo destrozo de la cara que le provocó una hemorragia cerebral que le causó la muerte", recoge el auto.

Tras ello, agrega el titular del Juzgado de Instrucción número 2, el investigado "arrastró el cadáver desde el piso de la víctima hasta el ascensor del inmueble, bajando seguidamente hasta el garaje comunitario, arrastrando el cuerpo hasta un vehículo de su propiedad aparcado allí, presuntamente con intención de deshacerse del cadáver".

Según indica, el acusado dejó el cuerpo "al lado del vehículo que pensaba utilizar" y volvió sobre sus pasos para "intentar limpiar los restos de sangre que el cadáver había dejado en el piso donde ocurrieron los hechos y en las zonas comunes por donde éste fue arrastrado".

Tras la llegada de la policía alertada por unos vecinos que habían visto las manchas de sangre en el ascensor, continúa exponiendo el juez, el detenido "se refugió en su domicilio, sito en el quinto piso del mismo inmueble, negándose a salir hasta que, pasadas varias horas y cuando se constató que se encontraba sólo y que no tenía intención de abandonarlo, la policía accedió por la fuerza a su interior, deteniéndolo".

Para el titular del Juzgado de Instrucción número 2, "sin perjuicio de que restan por realizar múltiples análisis que permitirán un mayor esclarecimiento", los hechos que fundamentan la medida cautelar de ingreso en prisión "han quedado indiciariamente acreditados a través de las diligencias practicadas hasta la fecha, singularmente la de levantamiento del cadáver e inspección ocular del piso donde residía la víctima, efectuadas el mismo día, y la de reconstrucción de los hechos, realizada al día siguiente".

En esta última diligencia, explica el juez, el investigado reconoció la autoría de la muerte del padre de su pareja mediante "múltiples golpes en la cabeza", lo que "concuerda totalmente con los resultados provisionales de la autopsia del cadáver, que presentaba unos gravísimos destrozos faciales que sólo se pueden causar con golpes sumamente violentos y repetidos".

En este sentido, el auto añade que no puede descartarse "el uso de algún tipo de elemento contundente, como por ejemplo el martillo que se encontró en el lugar de los hechos y que, según un primer análisis de la policía científica, tendría restos de sangre en sus dos extremos a pesar de haber sido aparentemente limpiado antes de realizarse la inspección ocular en la que fue recogido".

LA PRISIÓN, "COMPLETAMENTE IMPRESCINDIBLE"

Para el juez, "estos hechos, sin perjuicio de que la calificación definitiva dependerá de los informes de autopsia y biológicos que han de llevarse a cabo, serían, en cualquier caso, constitutivos de un delito de homicidio, castigado con pena de 10 a 15 años de prisión, y podrían también constituir un delito de asesinato, castigado con pena de hasta 25 años de prisión, pues la intensidad y pluralidad de golpes sufridos por la víctima claramente habrían causado a éste un dolor muy intenso, siendo éste innecesario para causar la muerte de la víctima, lo que podría constituir la agravante de ensañamiento".

En opinión del titular del Juzgado de Instrucción número 2, también es "muy probable, a la vista de los informes preliminares del médico forense, y en atención a las lesiones provocadas a la víctima, que dichos golpes se dieran cuando la víctima ya se encontraba en el suelo inconsciente o semiinconsciente y, en consecuencia, sin posibilidad de defenderse, lo que podría integrar la agravante de alevosía".

Por último, el juez defiende que la medida de prisión "se evidencia como completamente imprescindible a fin de asegurar la presencia del imputado en el proceso, pues la gravedad de las penas que pueden imponerse al investigado, la pluralidad y contundencia de los indicios existentes contra él y su nulo arraigo laboral y escaso arraigo familiar (el detenido llegó a decir que cuando estuvo en la cárcel por otros hechos distintos nadie fue a verle) hacen que el riesgo de que trate de sustraerse a la acción de la justicia sólo pueda conjurarse mediante la medida de prisión provisional e incondicional solicitada por el Ministerio Fiscal".

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