El número de ataques de buitres a animales registrado es el habitual en esta época del año, según el Gobierno foral

Actualizado: jueves, 19 mayo 2016 16:37

PAMPLONA, 19 May. (EUROPA PRESS) -

El número de ataques de buitres a animales registrados hasta ahora es el habitual en esta época del año y está muy ligado al momento en el que se producen los partos de los animales, según los técnicos del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno foral.

En concreto, ha informado el Ejecutivo en un comunicado, el pasado año recibieron 21 solicitudes de indemnización por parte de los ganaderos, de las cuales se atendieron 15 (10 de ovino, 3 de equino y 2 de vacuno), con importe total de 7.505,08 euros.

El aumento de la población de buitre -especie protegida a nivel europeo, estatal y foral- ha sido "muy importante" en las últimas décadas, estimándose en un 7% el incremento anual. Así, en 1979 estaban censadas 312 parejas de buitre frente a las 3.591 parejas reproductoras contabilizadas en 2014.

Según señalan los técnicos, "el aumento de la población de buitre no necesariamente está relacionado con estos ataques". "Su comportamiento alimenticio, con la ingesta muy ocasional de animales en vivo, es normal en esta especie, igual que en la mayoría de las especies necrófagas que, además de carroña, ingieren ocasionalmente presas vivas. Esta alimentación en vivo, representa aproximadamente el 0,04% del total de la alimentación anual de la población de buitres en Navarra", han detallado.

En este sentido, han asegurado que "los ataques a animales en vivo que se detectan vienen determinados, bien por una situación de proximidad a la muerte, o bien por una situación paralela a ésta en la que el animal tiene mermadas fuertemente sus capacidades normales (enfermedad, partos problemáticos, animales recién nacidos)".

Por tanto, a juicio de los técnicos, "no puede considerarse la existencia de acciones de ataque, considerado éste como la agresión de un animal predador sobre una presa en plenitud de facultades".

PROTOCOLO DE RECLAMACIONES E INDEMNIZACIONES

Según ha indicado el Ejecutivo foral, Navarra es de las pocas comunidades que cuenta con un protocolo que permite indemnizar al ganadero si en la muerte del animal han intervenido los buitres.

Cuando se presenta este tipo de episodios, el ganadero debe tapar o proteger la res afectada, para evitar la acción de los buitres y comunicar el hecho inmediatamente al teléfono 112 para que se ponga en marcha el protocolo que tiene establecido el Departamento.

En el marco de este protocolo, el Guarderío del Departamento levanta acta de inspección y avisa a un perito veterinario que realiza la autopsia del animal fallecido para tratar de determinar las causas de su muerte, siempre que exista tejido suficiente para su análisis.

De este modo, en función del resultado de la necropsia, se determina si el buitre ha tenido relación directa con la muerte de los animales o, por el contrario, se ha alimentado de un animal muerto o moribundo. En el caso de que la respuesta sea favorable, se le indemniza al propietario. Para ello es necesario que se presente una solicitud de indemnización al Departamento. Las indemnizaciones ascienden al precio de mercado del animal muerto.

MULADARES Y ZONAS PARA LA ALIMENTACIÓN

Por otro lado, el Gobierno foral ha remarcado que las medidas sanitarias derivadas de la aparición de la enfermedad de las vacas locas a finales del siglo XX provocaron la retirada de la mayoría de los cadáveres de ganado que, hasta entonces, se podían encontrar en campos y montes de toda Europa, especialmente en el sur.

Esta situación, ha agregado, provocó que los recursos alimenticios a disposición de las aves necrófagas en el medio natural se redujeran notable y rápidamente, afectando a las poblaciones de estas especies protegidas. A la vista de lo sucedido, las autoridades comunitarias procedieron a flexibilizar la normativa de sanidad animal para garantizar la conservación de la fauna silvestre.

Siguiendo estos criterios, en Navarra también se modificó la normativa y para la alimentación de estas aves se desarrolló la Orden Foral 46/2014, de 25 de febrero, por la que se establecen las condiciones mediante las que los ganaderos pueden aportar las carroñas a estas especies.

En concreto, se aprueban dos métodos: el muladar y las Zonas para la alimentación de las especies necrófagas de Interés Comunitario (ZPAEN).

Desde el Gobierno foral han indicado que "teniendo en cuenta el rico patrimonio de la avifauna de necrófagas en Navarra, la distribución de sus colonias nidificantes y la amplia movilidad para la búsqueda de alimento por toda la geografía navarra, la Orden Foral declara como ZPAEN todo el territorio de la Comunidad Foral, a excepción de 48 municipios incluidos como zona de influencia del aeropuerto de Pamplona-Noáin por motivos de seguridad del tráfico aéreo".

Dentro de esta ZPAEN, existen más de 1.464 puntos aprobados por el Departamento en los que los ganaderos de extensivo pueden alimentar a las aves necrófagas.

Los cadáveres que pueden ser depositados deben proceder de explotaciones ganaderas extensivas de ovino (tanto de carne como de leche, si bien en el caso de leche sólo se admiten ejemplares de raza latxa); de caprino (de carne y leche); de equino y de vacuno, en ambos casos, de carne

Para poder utilizar la zona ZPAEN los ganaderos deben solicitar y recibir autorización por escrito del Departamento y, a la hora de depositar los animales muertos, cumplir las debidas distancias de protección sanitaria y medioambiental, así como la normativa relativa al transporte de subproductos animales no destinados al consumo humano.

Por otro lado, con el fin de garantizar la conservación de las aves necrófagas, el Gobierno ha explicado gestiona una serie de muladares que actúan como puntos de alimentación suplementaria de aves necrófagas en los que, una vez realizados los correspondientes análisis sanitarios, se depositan cadáveres de animales con el objetivo de complementar la alimentación de este tipo de aves.

La normativa establece que podrán crearse tanto a iniciativa del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, como de las administraciones locales o de iniciativas privadas. En todo caso deberán contar con un Plan de Gestión y con un responsable de su utilización y mantenimiento. Este plan de gestión, entre otras cuestiones, determina los ganaderos y explotaciones autorizadas para el depósito de cadáveres en cada caso.

La red de muladares abarca desde Bardenas a Gorramedi, y de Roncal a Zudaire. Cada muladar tiene autorizado un número de kilos a aportar en base a la especie de necrófaga que se pretenda utilizar y a la mortalidad natural del ganado de la zona.

ESPECIES NECRÓFAGAS DE INTERÉS COMUNITARIO EN NAVARRA

Las especies necrófagas de interés comunitario presentes en Navarra son principalmente cuatro: el buitre leonado que, con una población estimada en 3.591 parejas reproductoras, es la especie más frecuente; el milano real, con una población estimada de 250 parejas reproductoras; el alimoche, que cuenta con 130 parejas reproductoras; y el quebrantahuesos, con una población únicamente de 8 parejas reproductoras.