La ONG Humanismo y Democracia debe devolver al Gobierno de Navarra 116.807 euros por "incumplimientos"

Actualizado: martes, 23 enero 2007 18:14

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJN ha desestimado el recurso interpuesto por la Fundación

PAMPLONA, 23 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Fundación Humanismo y Democracia deberá devolver al Gobierno de Navarra 116.807 euros que recibió de Bienestar Social para un proyecto de mejora de los sistemas de gestión hospitalaria en República Dominicana.

La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha desestimado un recurso presentado por la ONG contra la decisión del Gobierno de Navarra. La sala considera que la Fundación "ha incumplido" la obligación de justificar el destino de los fondos recibidos, en concreto, la mitad de los subvención (60.696 euros), y "ha incumplido" también las condiciones de la concesión de la ayuda, incluido el destino de los fondos. Para la Sala, ello justifica el reintegro total de la subvención al Ejecutivo.

Humanismo y Democracia recurrió el 9 de febrero de 2006 ante el TSJN el acuerdo del Gobierno de enero de ese mismo año que desestimó un recurso interpuesto por la Fundación contra una orden foral. En esta norma, de carácter restringido y no hecha pública por contener datos confidenciales, se exigía a Humanismo y Democracia el reintegro de la subvención entregada para el citado proyecto en República Dominicana.

En el recurso, la Fundación pedía que se anulase dicha orden foral por infringir el derecho de defensa y solicitaba la reducción del importe del reintegro de las 116.807 euros a 37.021,56. La Sala de lo Contencioso determina ahora que no se causó "indefensión" tal y como argumentó Humanismo y Democracia para pedir la nulidad.

JUSTIFICANTES

Según explica la sentencia, Humanismo y Democracia presentó a la Administración el informe de un agente de cooperación internacional, informe que fue "inadmitido". Según la Sala, fue "debidamente rechazado" ya que dicho informe no era "idóneo" ni "pertinente". "El medio adecuado para la justificación de esa actividad no era otro que el de los informes técnicos, justificantes de gastos y pagos, etc...", añade.

En la sentencia se recoge que, según el convenio firmado con la Administración, la Fundación debía presentarle informes parciales y finales que justificasen el destino de la subvención. "Ello no puede ser suplido mediante un informe realizado en los lugares señalado para la ejecución de la actividad subvencionada", agrega.

En cuanto al proyecto en cuestión, la Sala recuerda que la ley sanciona con el reintegro de la ayuda la modificación o el incumplimiento de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión. Y añade que la Fundación redujo a cuatro los centros beneficiarios de la ayuda sin comunicarlo a la Administración. "Además la selección de los cuatro centros no respetó la distribución del 50% entre públicos y privados prevista en el proyecto subvencionado", expone.

La sentencia determina que la Administración no concedió la ayuda para la mejora de los sistemas de gestión hospitalaria en la República Dominicana a través de centros de cualquier clase pertenecientes al sistema, sino mediante una fórmula mixta de combinación de centros públicos y privados vinculados al socio local.

Además, dice la Sala de lo Contencioso, los seminarios y cursos de formación impartidos para la ejecución del proyecto de colaboración "ni estaban previstos en la memoria ni se ha acreditado suficientemente mediante los informes presentados". Y agrega que se subcontrató la prestación de servicios con entidades "ni tan siquiera mencionadas en la memoria del proyecto" y que algunas de esas entidades "han actuado como gestoras del gasto subvencionado" sin que ese hecho fuera comunicado a la Administración.

Sobre esto último, la sentencia recuerda que por ley está recogido que la beneficiaria de las ayudas "no dispone de la libertad alegada para subcontratar con terceros el suministro de bienes o la prestación de servicios".

Finalmente, la Sala expone que Humanismo y Democracia no comunicó tampoco la sustitución de la responsable de la ejecución del proyecto ni ha justificado "debidamente" el destino del 62% (60.696 euros) de la subvención. "La recurrente ha tratado de desvirtuar esos informes mediante alegaciones interesadas, informes propios y no de terceros, y documentos (facturas) que por sí solas no acreditan ni la cuantía del gasto ni su destino real, y a través de las pruebas justamente inadmitidas", concluye la sentencia.

INFORME DE LA CÁMARA DE COMPTOS

En mayo de 2006, el presidente de la Cámara de Comptos explicó en el Parlamento de Navarra el informe redactado sobre las ayudas que recibió la Fundación. Según indicó Muñoz Garde, en el proceso de revisión de ayudas, el departamento de Bienestar Social detectó, en noviembre de 2004, unas facturas de retribuciones por asesoramiento para un proyecto en la República Dominicana a nombre de un alto cargo y dos funcionarios del Gobierno de Navarra.

Se abrió un expediente de reintegro y, paralelamente, el Gobierno de Navarra trasladó los hechos a la fiscalía ante los indicios de delitos contra la hacienda pública, cohecho y falsedad documental.

Según expuso entonces Muñoz Garde, existían seis expedientes con "irregularidades y cuestiones sin aclarar" en proceso de revisión correspondientes a programas de salud previstos en la República Dominicana y Bolivia, de los que el Gobierno remitió cuatro al Ministerio Fiscal. Bienestar Social envió cuatro de estos seis expedientes al fiscal -dos expedientes estaban pendientes de resolverse en la fecha de la comparecencia- e incoó expedientes de reintegro.

Según consta en el informe que la Cámara de Comptos, la Fundación recibió entre los años 2000 y 2004 un total de 15 subvenciones por un importe de 2 millones de euros, de los que el Gobierno abonó casi 1,2. En la fecha de la comparecencia parlamentaria, el departamento reclamaba 460.000 euros a través de expedientes de reintegro. La Fundación, por su parte, había reintegrado 124.000 euros.