Los perjudicados por el desbordamiento del Ebro pueden presentar la evaluación de los daños hasta el 23 de mayo

Actualizado: jueves, 10 mayo 2007 14:06

La comisión interministerial reserva 10 millones de euros para paliar los efectos de las inundaciones en Navarra

PAMPLONA, 10 May. (EUROPA PRESS) -

La Delegación del Gobierno en Navarra ha establecido de plazo hasta el próximo 23 de mayo (inclusive) para que las personas físicas y jurídicas cuyos bienes resultaron dañados en las últimas inundaciones producidas por el desbordamiento del río Ebro, a finales de marzo y primeros de abril, remitan una descripción del perjuicio causado, con una valoración de los desperfectos que en una segunda fase será debidamente acreditada para proceder a los pagos por parte de la Administración del Estado.

Los interesados pueden recoger los formularios en la propia Delegación del Gobierno y en los ayuntamientos en cuyo término municipal se registraron las consecuencias de la avenida. Allí también deberán registrarlos debidamente cumplimentados, en el caso de los consistorios, para su posterior envío a esta institución.

El delegado del Gobierno en Navarra, Vicente Ripa, mantuvo una reunión esta mañana en la sede de esta institución con el presidente de la Federación Navarra de Municipios y Concejos, Jerónimo Gómez, al que explicó el procedimiento de recogida de información.

El delegado agradeció la colaboración de los ayuntamientos para agilizar la concesión de las ayudas y además facilitar los trámites al ciudadano. Al encuentro asistieron también tres de los alcaldes de las localidades más perjudicadas por las inundaciones, María Teresa Iradiel (Miranda de Arga), Javier Sanz (Castejón) y Esteban Garijo (Milagro). En todo caso, el delegado envió una carta explicativa a 90 alcaldes, si bien los daños más significativos se han registrado en 40 municipios.

La comisión interministerial para la aplicación de las medidas compensatorias establecidas en el Real Decreto-Ley que el Consejo de Ministros aprobó el pasado 13 de abril ha reservado 10 millones de euros para paliar los perjuicios ocasionados en la Comunidad Foral, aunque el monto a desembolsar dependerá de los daños que se certifiquen en infraestructuras municipales y parcelas agrícolas, en cultivos y en la vivienda habitual y en los enseres de primera necesidad, así como de los gastos derivados de los traslados y manutención del ganado afectado por las inundaciones (con los límites que el propio Real-Decreto define).

La Confederación Hidrográfica del Ebro, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, estima por su parte que las actuaciones de reparación que debe acometer en el Dominio Público Hidráulico de la Comunidad Foral se acercarán igualmente a los 10 millones de euros.

La información que los afectados remitan servirá para la elaboración de un nuevo Real Decreto que determine legalmente los créditos necesarios para paliar los daños. Estos créditos no sólo cubrirán los cinco conceptos indemnizables que los interesados deben cumplimentar en el formulario (daños en infraestructuras municipales, en parcelas agrícolas y en cultivos, además de desperfectos en la vivienda habitual y en enseres de primera necesidad, así como gastos por traslado y manutención de ganado), sino también el resto de medidas compensatorias fijadas por el Consejo de Ministros el 13 de abril.

Se trata de beneficios fiscales (supresión de tasas de tráfico, exoneración del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y reducción del Impuesto de Actividades Económicas y en el IVA); del cobro de desempleo por contratos extinguidos y de la exoneración de pago cuotas en materia de Seguridad Social y, por añadidura, de la activación de una línea de crédito preferencial a cargo del ICO (Instituto de Crédito Oficial).

Las personas y entidades perjudicadas deben tener en cuenta algunos condicionantes en la percepción de las ayudas, como que se financiarán hasta un máximo del 50 por ciento de su coste las obras de reparación o sustitución de todo tipo de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal. Otra limitación es que se indemnizarán los daños en producciones agrícolas y ganaderas en tres supuestos: cuando afecten a producciones aseguradas en las que el riesgo catastrófico no esté cubierto por la póliza de seguros, cuando sean producciones no susceptibles de aseguramiento y cuando se trate de producciones aseguradas el año anterior sin que en el vigente se haya iniciado el período de contratación del nuevo seguro.

En cuanto a la financiación para restaurar las parcelas agrícolas privadas cuya estructura haya resultado dañada, así como para compensar los gastos derivados de los traslados y la manutención del ganado afectado por las inundaciones, dependerá de la firma de un convenio entre el Ministerio de Agricultura y el Gobierno de Navarra, de acuerdo con la disposición adicional quinta del Real Decreto-Ley 3/2007, de 13 de abril.