Control de la Policía Foral.
POLICÍA FORAL
Actualizado: jueves, 30 noviembre 2017 12:01

Imputado un conductor de 77 años que desconocía carecer de puntos por haber sido utilizado su crédito por familiares

PAMPLONA, 30 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Policía Foral ha advertido últimamente casos en los que conductores han sido imputados por carencia de puntos tras cometer infracciones -multas de radar principalmente- de las que desconocían ser sus autores. Ello se debe a la práctica de utilizar un familiar o conocido a la hora de identificar al conductor, para que la detracción de puntos se realice sobre su carné y no sobre el del autor de la misma. Existen incluso páginas de Internet en las que se 'venden' puntos, produciéndose un mercadeo que puede conllevar consecuencias penales no deseadas, ha informado la Policía Foral en una nota.

Cuando los agentes no han podido notificar la infracción (caso habitual de radar) se inicia el procedimiento sancionador contra el titular de la matrícula detectada. La normativa de tráfico obliga a identificar al conductor y es cuando el infractor aporta datos falsos, atribuyendo a otra persona la conducción en ese momento, que soportará la sanción tanto económica como de retirada de puntos. Con el paso del tiempo se pueden perder los puntos por atribución engañosa -consentida o no- de infracciones, por lo que no se podría conducir, ha añadido.

Es el caso de un vecino de Cintruénigo de 77 años, que recientemente fue interceptado por una patrulla de Tudela en un control rutinario que se realizaba en la NA-160 (Tudela-Fitero). Los policías forales cotejaron la validez de su carné con el Centro de Mando y Coordinación, que informó que carecía de puntos. En esos momentos se procedió a su imputación por un delito contra la seguridad vial, desconociendo el conductor su carencia de puntos y apuntando la posible utilización de su crédito por familiares.

Investigaciones posteriores llevadas a cabo por el equipo de Atestados determinaron que su carencia de puntos se había producido por sanciones de radar en Navarra, la Rioja y Soria, en las que no fue identificado el conductor infractor. El imputado acudió a un juicio rápido en Tudela y sus argumentos fueron desechados al haber sido comunicadas oportunamente las infracciones, por lo que fue condenado como autor de un delito recogido en el artículo 384 del Código Penal a una pena de multa.

La Policía Foral ha señalado por lo tanto que los puntos que se asignan a un conductor tienen carácter "personal e intransferible", de ahí que atribuir infracciones no cometidas o realizar transmisiones ilegítimas puede acarrear consecuencias penales inesperadas.

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