PAMPLONA, 14 Feb. (EUROPA PRESS) -
En fechas recientes, agentes de la Brigada de Prevención y Atención Ciudadana de la Policía Foral de la comisaría de Tudela incautaron una ballesta de fabricación casera.
Los hechos tuvieron durante una actuación ante una emergencia sanitaria, en la que fueron movilizados por el CMC (Centro de Mando y Coordinación) para asistir a los servicios médicos ante una persona alterada, en un domicilio de una localidad de su demarcación.
Durante la actuación, los agentes se percataron de la existencia de la ballesta y herramientas, fabricada por la persona que estaba siendo contenida, por lo que fue incautada preventivamente.
Según explican desde la Policía Foral, en España, las ballestas están reguladas por el Real Decreto 137/1993 (Reglamento de Armas). Las ballestas (arma de la categoría 7.2) están asimiladas en lo que adquisición, documentación, uso y transporte se refiere a las escopetas (categoría 3.2), por lo que requieren para su tenencia legal poseer tanto licencia de armas (Tipo E) como guía de pertenecía (art. 89 RA).
Cualquier incumplimiento documental conlleva una infracción administrativa además de la ocupación del arma mientras se tramita el preceptivo expediente sancionador, no siendo nunca delito carecer de la licencia que habilita su tenencia dado que no es un "arma de fuego", tal y como requiere el artículo 564CP.
La fabricación de una ballesta conllevará igualmente una infracción administrativa ya que el artículo 4.1A RA vuelve a referirse a "armas de fuego". La única posibilidad de que su tenencia adquiera trascendencia penal será bien por la comisión de un delito anexo (amenazas, lesiones, desórdenes públicos...) en los que se usa para cometer otro tipo de delito, bien por una modificación sustancial de sus características de fabricación u origen que, explican desde la Policía Foral, "podría ser una alteración/eliminación de los números de serie troquelados que dificulten o impidan su trazabilidad".