Sindicato Médico denuncia ante Inspección de Trabajo la derivación de pacientes a centros concertados durante la huelga

Entrada del Hospital Universitario de Navarra.
Entrada del Hospital Universitario de Navarra. - Eduardo Sanz - Europa Press - Archivo
Europa Press Navarra
Actualizado: viernes, 8 mayo 2026 13:34

PAMPLONA 8 May. (EUROPA PRESS) -

El Sindicato Médico de Navarra (SMN) ha denunciado ante Inspección de Trabajo la derivación de pacientes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea "afectados por la paralización de la actividad secundaria a la huelga" a otros centros privados no afectados por dicha convocatoria.

Según recoge el SMN en la denuncia, el consejero de Salud "interpreta la paralización de las 'peonadas' como una decisión individual sobre una actividad voluntaria, ignorando que esa decisión está respaldada por una convocatoria de huelga, lo cual convierte en ilegal la desviación de la actividad a otros centros no sometidos a la huelga o la sustitución del trabajo de los huelguistas por personal que no se sume a la huelga".

Desde el sindicato consideran que esta acción organizativa "es una redistribución del trabajo para boicotear la huelga y por tanto contrario a la ley". Según señalan, el ordenamiento español (artículo 28.2 de la Constitución Española) "considera ilícito que la empresa neutralice los efectos de una huelga mediante sustitución de huelguistas, ya sea contratando personal externo ('esquirolaje externo'), redistribuyendo el trabajo entre trabajadores no huelguistas ('esquirolaje interno'), o desviando la producción a otros centros, empresas del grupo o contratas para vaciar de contenido la huelga ('esquirolaje organizativo o externo en redes empresariales')".

"Es decir que el SNS-O, cuyo máximo responsable es el consejero de Salud, Fernando Dominguez, no puede reorganizar artificialmente la plantilla para cubrir las funciones de los huelguistas y minimizar el impacto del paro, ni derivar pacientes del SNS-O afectados por la paralización de la actividad secundaria a la huelga convocada por el Sindicato Médico de Navarra a otros centros privados no afectados por dicha convocatoria", han señalado desde el sindicato.

La jurisprudencia constitucional y del Tribunal Supremo "prohíbe no solo el esquirolaje externo clásico, sino también las formas de esquirolaje interno, organizativo y tecnológico consistentes en reorganizar medios humanos, técnicos o productivos con la finalidad de neutralizar o minimizar los efectos de la huelga, por vulnerar el derecho fundamental reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución Española".

La denuncia del SMN reclama que se realicen "las acciones oportunas para detener este esquirolaje interno, organizativo y tecnológico y sancionar al responsable".

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