Confirman la nulidad de un contrato de venta de subordinadas de Liberbank

Actualizado: jueves, 21 marzo 2013 0:07


OVIEDO, 20 Mar. (EUROPA PRESS) -

Una sentencia de la sección número cinco de la Audiencia Provincial de Oviedo desestima el recurso de apelación interpuesto por Liberbank contra la decisión de un juzgado de Oviedo que anuló un contrato de venta de obligaciones subordinadas.

Fue el juzgado de primera instancia número 6 de Oviedo el que en noviembre estimó íntegramente una demanda y procedió a declarar la nulidad del contrato de adquisición de las obligaciones subordinadas en Cajastur, que forma parte del grupo Liberbank. En la sentencia, el magistrado hablaba de la ausencia de intervención de los titulares de las obligaciones, un matrimonio, y de la falta del test de conveniencia.

Liberbank decidió presentar un recurso de apelación que ahora desestima la Audiencia Provincial. Contra la resolución de la Audiencia cabe recurso de casación o extraordinario por infracción procesal.

El abogado del matrimonio, Jorge Álvarez de Linera, ha destacado de la sentencia que el perfil de los clientes no es el de personas mayores y sin formación, sino el de dos personas con estudios superiores.

La Audiencia confirma la opinión del Juez de Primera Instancia, en el sentido de que entiende que efectivamente hubo una mala praxis en la comercialización del producto, "tanto porque no se les facilitó toda la información relevante a los clientes, como porque no se efectuó el test de conveniencia a uno de los dos cónyuges cotitulares del producto".

Además, destacan que era indudable que el matrimonio deseaba contratar u plazo fijo y Cajastur, sin embargo, "vistió" este producto como si fuera un Plazo Fijo, de forma que generaron que los clientes firmaran el contrato mediando error en el consentimiento prestado.

Según De Linera esta sentencia puede ser importante para los múltiples demandantes por este tipo de producto. "También sirve esta Sentencia para los afectados por comercialización de Participaciones Preferentes, pues los fundamentos jurídicos son los mismos", ha concluido.