Aprobado un 'fast track académico' para atraer estudiantes extranjeros "bloqueados por políticas de EE.UU"

Migraciones aprueba instrucciones para clarificar autorizaciones de estancia por estudios previstos en el nuevo Reglamento de Extranjería

Archivo - La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz (i), y la ministra de Educación, FP y Deportes y portavoz el Gobierno, Pilar Alegría (d),
Archivo - La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz (i), y la ministra de Educación, FP y Deportes y portavoz el Gobierno, Pilar Alegría (d), - Gustavo Valiente - Europa Press - Archivo
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Actualizado: martes, 24 junio 2025 14:34

MADRID, 24 (EUROPA PRESS)

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, una vía rápida de acceso al sistema universitario español dirigida a estudiantes extranjeros "afectados por las recientes restricciones migratorias impuestas en Estados Unidos".

"Hemos aprobado un acuerdo para la incorporación en España de los estudiantes de terceros países procedentes de Estados Unidos. Saben que siempre ha sido esa voluntad por parte de nuestro país de acoger talento y, sobre todo, de estudiantes que puedan venir fuera de nuestras fronteras", ha señalado la portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, en rueda de prensa.

La propuesta, bautizada 'EduBridge to Spain', se enmarca en la estrategia del Gobierno para reforzar el potencial de España como receptora del talento internacional.

Para garantizar la implementación efectiva de esta vía, se ha creado ya un grupo de trabajo interministerial en el que participan los ministerios de Migraciones; Educación, Formación Profesional y Deportes; Ciencia, Innovación y Universidades; Asuntos Exteriores y Política Territorial.

Este equipo ha venido trabajando en una serie de planteamientos que garantizarán la incorporación de estos estudiantes a espacios académicos españoles en una fase inicial, a partir de septiembre de este año (primer cuatrimestre) y, en una segunda, desde enero de 2026 (segundo cuatrimestre).

Así, el plan, definido como un 'fast track académico', contempla itinerarios ágiles para estudiantes internacionales en diferentes etapas educativas: Bachilleres o cursos previos que pasarán a la Universidad; estudiantes que se encuentren en mitad de grado (con uno o varios cursos ya realizados); y personas que hayan finalizado el grado y que quieran realizar un máster en una universidad.

Para todos los casos, el procedimiento consistiría en la obtención de la inscripción en el centro; la solicitud de la autorización de estancia por estudios -permite tanto la residencia como la compatibilidad de trabajar a tiempo parcial con los estudios, por un período superior a 90 días, y podrá tramitar a través de la red consular-; la obtención del visado; el traslado a España; y, por último, en su caso, la obtención de la TIE.

En lo que se refiere a la continuidad de los estudios en España, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes garantizará la continuidad de los estudios en niveles no universitarios en todos los cursos, así como la incorporación del alumnado a la educación postobligatoria, a través de la homologación de títulos que puedan aportar desde sus países de origen.

Además, con la finalidad de que el alumnado no sufra demoras en la continuidad de sus estudios, se emitirá una resolución provisional que autorizará a la matriculación de manera condicional hasta la resolución definitiva de su expediente.

CONTINUIDAD DE LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS

Sobre la continuidad de los estudios en Grados universitarios españoles procedentes de estudios de Bachillerato obtenidos en centros de Estados Unidos, también se dispondrán de diferentes vías que faciliten la llegada de estos estudiantes a las aulas universitarias españolas -mediante la homologación del título de Bachillerato extranjero, estableciendo, tras este paso anterior, diferentes escenarios, con sus soluciones correspondientes: utilización de cupos para estudiantes extranjeros; realización de pruebas específicas para el acceso a Grados con notas de corte elevadas; solicitando el traslado de expediente y la convalidación de las asignaturas cursadas en el caso de que la persona ya estuviese estudiando un Grado universitario en Estados Unidos; o a través de los procedimientos habituales para el acceso y matrícula en un Máster de un estudiante procedente de un Grado cursado en Estados Unidos.

Mientras que las oficinas consulares de España en Estados Unidos agilizarán los trámites dirigidos a resolver los visados, las delegaciones y subdelegaciones de Gobierno, en el caso de estudiantes, y la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE), en el de profesorado e investigadores, harán lo propio con la tramitación de las autorizaciones correspondientes. Finalmente, las comisarías de Policía facilitarán las solicitudes de expedición de las tarjetas de identidad de extranjero (TIE) de los estudiantes, profesores e investigadores.

Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones destacan que el contexto internacional ha sido clave en la activación de esta medida. Así, apuntan que la reciente decisión de la Administración estadounidense de suspender visados y aumentar los controles a estudiantes extranjeros, ha llevado al Ejecutivo español a diseñar una iniciativa, que quiere enviar un mensaje claro: "el talento será bienvenido, y la educación seguirá siendo un espacio abierto y seguro".

NUEVAS INSTRUCCIONES DEL MINISTERIO DE MIGRACIONES

Por otro lado, el Ministerio, a través de la Secretaría de Estado de Migraciones, ha publicado ocho instrucciones relativas a las autorizaciones de estancia de larga duración para estudios, movilidad de alumnado, servicios de voluntariado o actividades formativas previstas en el nuevo Reglamento de Extranjería (RLOEX), en vigor desde el 20 de mayo.

Las instrucciones, que ya tienen las oficinas de extranjería para su aplicación, han sido dictadas en aras de garantizar una comprensión y aplicación uniforme de esta figura y otorgar la mayor seguridad jurídica a las personas solicitantes de esta autorización.

En los casos de las autorizaciones en vigor concedidas en base al anterior Reglamento de Extranjería, los estudiantes podrán solicitar las prórrogas previstas en la nueva ley, con independencia de las que hayan solicitado anteriormente y siempre que la autorización tenga cabida dentro del RLOEX.

Si la situación no tiene encaje en ninguno de los supuestos del nuevo reglamento, el estudiante podrá solicitar una única prórroga por la duración de lo que reste para la finalización de sus estudios, con el límite de dicha prórroga en un año. Por otro lado, se establece un régimen transitorio para las personas que estén finalizando su formación y que con el Reglamento anterior hubieran podido optar a una autorización de residencia y trabajo.

La Directiva (UE) 2016/801 establece como uno de los requisitos para la autorización de estancia de larga duración por estudios que la persona haya abonado los derechos de matrícula de sus estudios. Como en ocasiones la matrícula debe pagarse en una fecha muy próxima al comienzo de los estudios, se producía una colisión con los plazos establecidos en el procedimiento o en aquellos casos en los que el abono se realiza en un centro de origen.

Este trámite podrá realizarse por cumplido con una declaración responsable, cuando los plazos no puedan cumplirse siempre y cuando se acredite esta situación. El órgano competente podrá verificar, posteriormente, que la persona titular ha efectuado el pago.

La autorización para estancias inferiores a seis meses concede a la persona extranjera un mes previo a la duración de sus estudios o actividades y medio mes adicional posterior a la finalización de éstos, con el objetivo de facilitar la instalación inicial en España y evitar la terminación de forma abrupta de dicha estancia.

Sin embargo, para facilitar la estancia en España de aquellos estudiantes para estancias inferiores a seis meses, podrán solicitar que no se les tenga en cuenta ese tiempo. Es decir, podrán obtener la autorización por la duración de los estudios o formación sin contabilizar esos meses y medio, ya que exceder la estancia de seis meses implica otros requisitos, como la aportación de antecedentes penales.

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