Hermanas de la Cruz recurren denegar cautelares contra el fin del concierto

Europa Press Sociedad
Actualizado: jueves, 16 mayo 2013 19:32

SEVILLA 16 May. (EUROPA PRESS) -

Las Hermanas de la Cruz, orden religiosa a la que se adscriben los centros educativos 'Ángela Guerrero' y 'Nuestra Señora de Lourdes' de Sevilla, dos de los diez afectados y recurrentes contra la decisión de la Consejería de Educación de la Junta andaluza de retirar el concierto de unidades a aquellos colegios que lleven a cabo una educación diferenciada por sexo, en base a recientes resoluciones judiciales, han interpuesto este jueves ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) un recurso de súplica contra la denegación de este mismo ente de la suspensión cautelar de esta resolución, reclamada por ambos colegios.

Así lo ha confirmado a Europa Press el secretario general de la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE) en Andalucía, Rafael Caamaño, respecto a una acción en la que se ha anunciado la inclusión entre sus argumentos de la admisión por parte del Tribunal Constitucional (TC) de un recurso de amparo presentado por los padres del colegio Torrevelo de Cantabria contra la sentencia del Supremo que ratificaba la denegación del concierto por parte del Gobierno de Cantabria.

La abogada que representa los intereses de ambos centros, Carmen Mora, ya expuso a Europa Press que la admisión de un recurso por parte del TC tiene "connotaciones distintas" a la de cualquier otra jurisdicción judicial, ya que "cuando lo hace es porque se han visto indicios de que podría vulnerarse algún derecho".

Si bien los colegios confían ahora en el recurso de súplica, la opción ulterior de recurrir en casación ante el Supremo "supondría esperar de diez a doce meses, uno de los argumentos que ha propiciado votos discrepantes en la sala del TSJA, dada la pérdida de la tutela judicial efectiva".

Y es que Mora ha incidido en lo "delicado" del asunto, ya que, si se diese el caso de que otras instancias judiciales pudieran dar posteriormente la razón a la orden religiosa, estas medidas perderían "efectividad", desatendiéndose la petición de unos padres que no pueden sostener con sus propios fondos la escolarización de sus hijas en estas sedes.

De esta forma, la abogada ha lamentado "profundamente" la decisión de la Sala, "que ha quedado totalmente fragmentada y dividida", en referencia al voto particular discordante registrado por dos de sus magistrados, entre ellos el presidente.

"En la práctica, es del todo lamentable que las Hermanas de la Cruz no puedan seguir contando con las ayudas públicas para el servicio de la educación de tantas familias tan necesitadas de recursos", remarca Mora, que ve "muy grave" esta "mutilación" de un derecho "recogido en la Constitución".

LA EDUCACIÓN DIFERENCIADA NO ES UN "CAPRICHO"

En el auto judicial, al que ha tenido acceso Europa Press, el TSJA, aún reconociendo que la integración o no de niños y niñas no responde a un "capricho" de la dirección de los colegios, y sí a un modelo educativo específico amparado en la libertad ideológica y, en su caso, religiosa, establece que el modelo de la Junta es el de la "efectiva integración", que "es el que en principio aparece reconocido en la legislación educativa". Y en la confrontación entre ambos sistemas, "debe prevalecer el defendido por la administración, que sirve con objetividad los intereses generales".

Señala que no se alega que la denegación de los conciertos solicitados vaya a suponer una "perturbación" al servicio público educativo, "que se entiende será bien prestado por otros centros". Asimismo, los perjuicios causados a padres y alumnos "no pueden en modo alguno justificar la suspensión, dado que no existe más allá del derecho de elección un derecho a la efectiva escolarización de los hijos e hijas en los colegios elegidos en los procesos de admisión".

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