Aborto.- El pleno del CGPJ debate esta semana el texto que ve constitucional la norma y recomienda informar a los padres

Actualizado: domingo, 19 julio 2009 14:11

MADRID, 19 Jul. (EUROPA PRESS) -

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) debatirá el próximo jueves, 23 de julio, el dictamen al anteproyecto de Ley de Salud Sexual y Reproductiva e Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) que considera constitucional el texto y recomienda que los padres sean informados cuando sus hijas menores de edad soliciten abortar, aunque no sea necesario su consentimiento.

El informe, preceptivo pero no vinculante y elaborado por la ponente Margarita Uría (PNV) recibió esta semana el visto bueno de la Comisión de Estudios e Informes, por tres votos a favor y dos en contra, y ahora debe recibir el refrendo del pleno. El dictamen recogerá probablemente los votos particulares de los consejeros que votaron en contra, Concepción Espejel y Claro José Fernández.

Precisamente este último vocal fue el ponente del citado informe previo que apuntaba que diferentes aspectos de la ley presentan problemas de encaje constitucional. Su dictamen fue rechazado en una sesión anterior de la Comisión de Estudios, en la que se designó ponente a Uría.

En todo caso el texto aprobado podría sufrir modificaciones o incluso ser rechazado. De hecho, esta semana se hablaba de la aportación decisiva del consejero de CiU, Ramón Camp, en caso de que se produjera un empate si los nueve vocales elegidos por el PP más el presidente del CGPJ, Carlos Dívar, votan en contra del dictamen, y los nueve vocales propuestos por el PSOE más Uría, votan a favor.

SIN CONSENTIMIENTO, PERO CON CONOCIMIENTO PATERNO

Por el momento, el texto elevado al pleno entiende que la información a los padres contribuye a conciliar el derecho a decidir de la mujer que es suficientemente madura, con las facultades de orientación y consejo que derivan de la patria potestad y tutela. "No obstante, circunstancias excepcionales debería poder fundamentar la no información en beneficio de la menor", recoge.

En cualquier caso, el CGPJ no considera necesario el consentimiento paterno cuando la menor de edad, sea mayor o menor de 16 años, tenga la suficiente capacidad intelectual y emocional para comprender el alcance de la intervención y las consecuencias que se derivan de la misma.

"De ese modo --continúa el dictamen-- se produce una mejor acomodación con la sistemática general del ordenamiento civil, y se refuerza la garantía de madurez respecto de la mujer que ha de consentir".

En el caso de que el representante legal se opusiera a prestar el consentimiento, el CGPJ considera "adecuado" que se diseñe un procedimiento judicial con la finalidad de autorizar el IVE "siempre que así lo aconseje el interés de la menor".

Por otra parte, el informe considera constitucional el anteproyecto del Gobierno y señala que "no configura un derecho subjetivo" al aborto, sino que "garantiza la igualdad en el derecho de acceso a la prestación sanitaria de la misma". También apunta que el sistema de plazos "no supone la desprotección penal de la vida del nasciturus" y sí "una renuncia a castigar penalmente durante un plazo determinado, concreto y limitado".

Además, recoge que la información que deba darse a la gestante debe ser "exhaustiva, completa e individualizada, pudiendo extenderse a la información clínica detallada sobre su estado y proceso de gestación". Asimismo, pide que se describa "rigurosamente" el desarrollo del feto y que se informe sobre los riesgos que para la madre representa la práctica de un aborto a nivel físico y emocional.

En cualquier caso, advierte de que la información necesaria para prestar el consentimiento "no puede convertirse en un acto protocolarizado, que no atienda a las circunstancias específicas". "La información así ofrecida no cumpliría con la función prevista en la ley, y el consentimiento así prestado no serviría al efecto previsto", añade.

En los supuestos de riesgo inmediato y grave para la salud de la madre, apunta que se debería ampliar la posibilidad de prescindir del consentimiento de la embarazada tal y como se actúa ante cualquier intervención médica. "De ese modo, se mantendría un régimen jurídico uniforme", agrega.

También considera oportuno que se explique y justifique en la Exposición de Motivos del anteproyecto ley las razones por las cuáles se ha optado por fijar los plazos en 14 y 22 semanas. Sobre la objeción de conciencia, recomienda que se prevea el procedimiento y efectos de la declaración del objetor, así como la creación de un Registro de Objetores de Conciencia de Profesionales Sanitarios.