Administradores de fincas piden una normativa estatal para la apertura de piscinas comunitarias

Piscina comunitaria de Logroño (Imagen de archivo)
Piscina comunitaria de Logroño (Imagen de archivo) - AYUNTAMIENTO DE LOGROÑO - Archivo
Actualizado: lunes, 4 mayo 2020 13:37

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MADRID, 4 May. (EUROPA PRESS) -

El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE) ha manifestado al Ministerio de Sanidad su "preocupación" ante la proximidad de la época estival y la necesidad de tomar una decisión basada en "criterios exclusivamente científicos" sobre la eventual apertura de las piscinas en comunidades de propietarios y urbanizaciones.

En una carta remitida a la directora general de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad, el CGCAFE considera necesario que se establezca una normativa de aplicación estatal, aunque la competencia en esta materia es de las comunidades autónomas, sobre este tema con el objetivo de evitar así movimientos de población hacia zonas donde está más avanzada la desecalada.

Así, solicitan que se establezcan las condiciones y protocolos que deben cumplir estas instalaciones para el supuesto de que se autorice su apertura.

"Es necesario que esta regulación sea la misma en todo el país para lograr una deseable homogeneidad en las condiciones en las que se produce la desescalada y concretamente en referencia al acceso a las piscinas", señala el presidente del Consejo CGCAFE, Salvador Díez, que advierte de que "si esto no fuera así, se producirían movimientos de población hacia los lugares de regulación menos restrictiva para un mayor disfrute de este servicio, lo que supondría un agravamiento del riesgo en dichas zonas".

Entre las propuestas de los Administradores de Fincas se encuentran, en primer lugar, medidas para garantizar el distanciamiento social entre personas, como la reducción del aforo de las instalaciones.

No obstante, aseguran que la mayoría de las comunidades de propietarios no disponen de un control de acceso, y en aquellos casos en los que se cuente con un socorrista, no forma parte de su labor profesional controlar quién y cómo accede a la piscina.

En consecuencia, indican que es necesario conocer que el cumplimiento de las condiciones obligatorias que se establezcan será responsabilidad únicamente de cada ciudadano.

Sobre el uso de otras instalaciones que puedan ser un foco de contagios, como vestuarios, servicios o lavabos, entre otros, piden que se valore su apertura tomando en consideración la proximidad de las instalaciones a los domicilios de los usuarios. Si se procede a su apertura regular, reclaman la necesidad de intensificar su limpieza y desinfección.

NORMAS PROPIAS DE CADA COMUNIDAD

Según el CGCAFE, en España existe una "gran diversidad" de instalaciones de este tipo, por lo que si se autoriza su apertura, exige que la regulación estatal se complemente con normas propias de cada Comunidad de Propietarios.

Para ello, los Administradores de Fincas colegiados proponen que, ante la imposibilidad de convocar las juntas de propietarios en el actual Estado de Alarma, se faculte a las Juntas de Gobierno de cada Comunidad de Propietarios para que cada una de ellas regule cómo será el acceso a la piscina comunitaria.

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