Automovilistas apunta que el texto sobre la velocidad de peatones existe desde el reglamento de 1992

Actualizado: lunes, 19 enero 2015 18:58

MADRID, 19 Ene. (EUROPA PRESS) -

El presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), Mario Arnaldo, ha señalado que las críticas realizadas por el Consejo de Estado al proyecto de Reglamento de Circulación de la DGT, "no están justificadas" en algunos puntos. En este sentido, ha indicado que el texto en el que se regula la velocidad de los "conductores que vayan a pie" es "literal al que existía en los reglamentos anteriores, de 2003 y 1992".

A su juicio, el Consejo de Estado ha "entendido mal" lo que expresa la norma y que es tan sencillo como saber que "está prohibido que aquel que arrastra un vehículo, como una moto, lo haga corriendo".

"En circulación interurbana la norma general apunta que los peatones deben circular por el arcén de la izquierda, aunque admite excepciones. Se puede circular por la derecha cuando una persona vaya arrastrando un vehículo. Por ejemplo, si a alguien se le pincha una rueda de la moto y tiene que ir cargando con ella hasta la gasolinera más cercana o circula una persona con un remolque de mano, como un mensajero, pueden hacerlo por la derecha siempre y cuando vayan al paso", ha explicado Arnaldo a Europa Press.

Para el presidente de AEA, el Consejo de Estado "debería estar más al tanto de la evolución de la normativa desde el primer código de circulación".

Del mismo modo, rechaza las críticas sobre las pruebas de alcohol y drogas a peatones, alegando que, si hay que pedir explicaciones, éstas deben solicitarse "al Parlamento español", que fue quien aprobó el pasado mes de abril la ley que incluye este punto "y que está en vigor actualmente".

Arnaldo ve esta medida como "algo disuasorio" ya que un peatón no puede ser multado por estar ebrio "porque no existe una tasa mínima para él". Lo que se propuso en la ley --en vigor desde el mes de mayo-- es que, además de realizarse estos test a los implicados en accidentes, se ampliara a aquellos peatones que hayan cometido una infracción.

"Es decir, si un peatón cruza un semáforo en rojo se le multará por ello y se le podrá realizar una prueba de alcoholemia si así se considera, pero aunque dé positivo no se le puede sancionar, es una medida con efecto disuasorio", ha declarado Arnaldo.

CAMBIOS EN LOS LÍMITES DE VELOCIDAD

Por otra parte, AEA sí que se ha mostrado contrario a los cambios en los límites de velocidad. En este sentido, ha señalado que "no está justificada" la reducción que pretenden realizar en las carreteras convencionales "y menos a la vista de los últimos datos facilitados por el Ministerio de Fomento".

En ellos, se determina que la velocidad media en estas vías en 2012 fue de 78km/h y se sobrepasaron los 250 muertos, mientras que dos años después, en 2014, la velocidad media superaba los 80km/h y los fallecidos bajaron hasta los 194.

Desde la Asociación Estatal de Víctimas de Accidentes de Tráfico (DIA), también se han mostrado contrarios a los cambios de límites de velocidad, aunque en este caso piden que se retire la posibilidad de incrementar a 130km/h la velocidad en aquellas autovías o autopistas, una medida que, a su juicio, "va a perjudicar de manera muy destacada la seguridad vial" en España.

Su presidente, Francisco Canes, ha señalado que "no es el momento" para llevar adelante esta norma y ha apuntado que "las posibilidades de sufrir un accidente aumentan a mayor velocidad, así como sus consecuencias, que a esa velocidad son fatales".

"Se ha demostrado que Interior no está actuando correctamente para frenar la siniestralidad vial en nuestras carreteras En lugar de incrementar las campañas de concienciación y la presencia de los agentes en las carreteras, se apuesta por aumentar la velocidad en aquellas vías supuestamente seguras", ha denunciado Canes.

A su juicio, es necesario "esfuerzo, dedicación e inversión para frenar la siniestralidad, no aumentar la velocidad en determinadas vías".

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