La Generalitat se plantea multar a los clientes que realizan tratos con las prostitutas en plena calle

Actualizado: miércoles, 25 enero 2006 21:42

BARCELONA, 25 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Generalitat tiene previsto aplicar sanciones de hasta 600 euros a los clientes que soliciten servicios de las prostitutas en plena calle y a las mismas trabajadoras del sexo, según consta en un borrador para regular el fenómeno de la prostitución en Catalunya, al que ha tenido acceso Europa Press.

En el artículo 64 de este borrador, se considera como infracción leve a la persona que "ofrece o solicita servicios sexuales remunerados en lugares o vías públicas, desde ventanas, balcones o vehículos, ya sea de forma verbal, gesticulando o con otras formas de expresión".

También cometerían este mismo tipo de infracciones, con multas de hasta 600 euros, las personas que "reciben o prestan" servicios sexuales remunerados "en lugares o vías públicas", así como "en vehículos que circulen o estén estacionados en vías públicas".

La propuesta del Gobierno catalán va más allá de la ordenanza contra el incivismo, aprobada por el Ayuntamiento de Barcelona, y que hoy se empezó a aplicar en la capital catalana. La iniciativa municipal es pionera en medidas que afectan a la prostitución en la vía publica.

La ordenanza prohíbe "ofrecer, solicitar, negociar o aceptar" servicios sexuales en el espacio público y multa a cliente y prostituta si éstos se encuentran a menos de 200 metros de distancia de centros docentes".

La normativa municipal prohíbe expresamente mantener relaciones sexuales pagadas en medio de la calle, con multas que pueden llegar hasta los 3.000 euros.

El borrador de la Generalitat establece como infracciones muy graves, con sanciones que pueden ir desde el cierre temporal del local durante un periodo de 18 a 24 meses, hasta multas de 600 a 100.000 euros, para el propietario de un establecimiento donde se ofrecen servicios sexuales y que permita la entrada a menores.

También se considera una infracción muy grave, la persona --proxeneta-- que "exige a la prostituta la realización de esta actividad en distintos municipios alejados entre si, cuando la duración del servicio en un mismo establecimiento sea inferior a seis meses".

Las sanciones muy graves también se podrán aplicar a las personas que "pactan el cobro de un porcentaje de los servicios sexuales prestados para afrontar los gastos de manutención, alojamiento y gastos de traslados al país donde presten sus servicios".

El borrador incluye en el capítulo de infracciones muy graves aspectos vinculados con la explotación de prostitutas, cuando éstas superen las ocho horas al día de trabajo, y las prostitutas que continúan ejerciendo, a pesar de tener una enfermedad contagiosa.

Como infracciones graves, con sanciones que oscilan de 601 a 6.000 euros y el cierre temporal del centro durante un año como máximo, se considera la apertura de un establecimiento donde se ejerce la prostitución que no tiene licencia.

Las personas que a causa del desarrollo de la actividad de servicios sexuales "perturba, de forma grave o reiterada, el ambiente o el entorno vital de los vecinos, barrio o comunidad" también podrán ser sancionadas.

En el capítulo de infracciones graves, también se incluyen otros casos en los que se propone la aplicación de este tipo de sanciones, como los propietarios de clubs de alterne que impidan las inspecciones y controles de las autoridades, permitan el consumo de drogas y que obligan a las prostitutas a residir en un determinado domicilio.

PUBLICIDAD PROHIBIDA.

La ley sigue el modelo legislativo llamado "regulacionista", que se opone al abolicionista o al prohibicionista, que persiguen la práctica de la prostitución y el proxenetismo. En este sentido, regula la práctica de la prostitución y prohíbe ciertos abusos.

El borrador, por ejemplo, prohíbe explícitamente la publicidad de prostitutas o prostíbulos, excepto en los casos de "los anuncios clasificados de la prensa escrita cuando no contengan imágenes explícitas de la actividad". Por lo tanto, quedan prohibidos los anuncios en televisión o Internet.

Además, tampoco se podrá realizar ningún tipo de "reclamo o actividad dirigida a la captación de clientes" en el exterior de los locales ni utilizar "reclamos publicitarios luminosos o similares explícitos de la actividad".

El texto también regula la situación y organización interna de los locales donde se podrá ejercer la prostitución. En concreto, se podrán ofrecer servicios sexuales remunerados en bares musicales sin música en directo ni pista de baile; locales con espectáculos eróticos con escenario, tengan o no pista de baile; casas-moteles o casas de relax destinadas exclusivamente a la prestación de estos servicios; y establecimientos o casas autogestionadas por las mismas prostitutas.

Los locales no podrán estar a menos de 250 metros unos de otros ni a menos de 250 metros de centros docentes, centros de acogida de menores u otros tipos de locales de ocio destinados a menores o que "por la naturaleza de su actividad comporten la asistencia de menores".

La ley, sin embargo, deja a los municipios la potestad para variar las distancias según sus propias circunstancias.

Los prostíbulos, sin embargo, tampoco podrán ubicarse en viviendas o pisos en comunidades en régimen de propiedad horizontal. Además, tendrán que inscribirse en un registro específico de la Secretaría de Juegos y Espectáculos de la Conselleria de Interior.

CONDICIONES LABORALES.

En otros artículos, la ley regulará las condiciones de trabajo de las prostitutas en locales ajenos. Según el borrador, no podrán trabajar más de ocho horas diarias ni más de seis días a la semana. Estos establecimientos tendrán que llevar un control de las entradas y salidas de las prostitutas con un registro que podrá ser solicitado por parte de las autoridades.

Las prostitutas y los responsables de los locales pactarán las condiciones de cesión del espacio, aunque el empresario no podrá fijar el número de servicios sexuales, la forma o manera de prestarlos, la persona receptora del servicio, o el precio del servicio.

La prostituta no tendrá que pagar un porcentaje de sus ganancias sino que tendrá que fijar con el arrendatario del espacio un precio fijo. También podrán fijar un plazo temporal de duración del contrato.

Con sus clientes, las prostitutas establecerán contratos por arrendamiento de servicios, no de obra, y el cliente tendrá que pagar previamente, aunque no se garantiza la obtención de un resultado. Además, para proteger a las prostitutas, la ley fijará que estas podrán "desistir de realizar su servicio en cualquier momento sin necesidad de alegar ningún motivo". Si la prostituta ya ha iniciado el servicio el cliente no podrá recuperar su dinero.

Uno de los puntos más discutidos por los colectivos de prostitutas son las revisiones de salud que tendrán que pasar obligatoriamente. Las revisiones tendrán que realizarse cada dos meses como mínimo. Además, las prostitutas tendrán que tener una tarjeta sanitaria específica facilitada por la Conselleria de Salud.