Marta Mulet, notaria de Mallorca y portavoz del Consejo General del Notariado - CONSEJO GENERAL DEL NOTARIADO
MADRID, 30 Sep. (EUROPA PRESS) -
Un total de 775.162 testamentos se autorizaron durante 2025 en España, lo que supone la cifra más alta registrada en la serie histórica y un aumento de más de un 20% respecto a la contabilizada en 2019, según datos del Centro de Información Estadística del Notariado.
Como recuerda la institución, el testamento permite establecer cómo se quiere organizar la sucesión, pero esta capacidad de decisión está sujeta a los límites establecidos por la legislación civil aplicable en cada caso. Uno de los principales es la legítima, la parte de la herencia que la ley reserva obligatoriamente a determinados familiares.
Precisamente, sobre esta cuestión gira la primera entrega de #NoEsComoCrees, una nueva iniciativa del Consejo General del Notariado que busca acercar información jurídica a la ciudadanía y desmontar creencias extendidas sobre cuestiones habituales relacionadas con la actividad notarial.
En el Derecho civil común, la ley reserva una parte de la herencia a determinados familiares, conocidos como legitimarios. Por ello, la libertad para decidir el destino de una herencia depende de las circunstancias de cada caso y de la legislación civil aplicable.
"No siempre podemos dejar nuestra herencia a quien queramos. En el derecho civil común español y en varios derechos especiales o forales existe la legítima", explica Marta Mulet, notaria de Mallorca y portavoz de esta primera entrega de #NoEsComoCrees.
La desheredación también está sujeta a límites y solo puede realizarse en los supuestos expresamente previstos por la ley. Además, las reglas varían en función del territorio: en lugares con derecho civil propio, como Navarra o Tierra de Ayala (Álava), existe una mayor libertad para disponer de los bienes por testamento. "Solo en casos muy concretos y expresamente previstos por la ley se puede desheredar a un legitimario, incluso privarle de su legítima", añade Mulet.