MADRID 9 Abr. (EUROPA PRESS) -
La ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha celebrado que el Tribunal Constitucional haya puesto "punto y final" al "intento de recorte" de derechos LGTBI del Ejecutivo de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
"Lo valoramos muy positivamente porque el Tribunal Constitucional ha puesto punto y final al intento de recorte de los derechos de las personas LGTBI que pretendía la señora Ayuso y el PP", ha asegurado la ministra en un vídeo difundido por su departamento, para añadir que se trata de "un avance".
Así lo ha puesto de manifiesto después de que este miércoles el Tribunal Constitucional (TC) haya estimado el recurso presentado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, contra parte de la reforma operada por el Ejecutivo de Ayuso.
Si bien, Redondo ha explicado que, aunque Ayuso rectificó en octubre sobre la patologización de las personas trans, sobre todo de los menores, y acerca de las terapias de conversión, faltaba una cuestión en torno a la legitimación de las asociaciones en defensa de los derechos LGTBI para ser parte en los procesos. "Y lo que viene a decir el Tribunal Constitucional es que están legitimadas", ha destacado.
"Por lo tanto, todos esos intentos de la señora Ayuso, del PP de Madrid, de recortar, en definitiva, limitar los derechos de las personas LGTBI, han quedado claramente fuera de lo que es la Constitución y el respeto a la igualdad que el Tribunal Constitucional declara en esta sentencia", ha recalcado.
Redondo también ha dicho que desde el Ejecutivo están "satisfechos" con esta sentencia que "recupera esos derechos que parecían limitarse con esos intentos de Ayuso y del Gobierno del PP".
El Gobierno impugnó en concreto el apartado catorce ter del artículo único de la Ley por la que se modifica la Ley de protección integral contra la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual en la Comunidad de Madrid. El Constitucional ya acordó el pasado julio suspender la vigencia del artículo impugnado.
Este apartado establece quiénes podrán actuar como interesados en el procedimiento administrativo para "la protección frente a cualquier violación del derecho de igualdad de las personas LGTBI", destinado a "la adopción de cuantas medidas sean necesarias para el cese inmediato en la conducta discriminatoria, prevención de violaciones inminentes o ulteriores, indemnización de daños y perjuicios y restablecimiento pleno de la persona perjudicada en el ejercicio de sus derechos".