Archivo - La diputada del grupo parlamentario de Sumar, Verónica Martínez Barbero, ofrece una rueda de prensa en el Congreso de los Diputados, a 21 de octubre de 2025, en Madrid (España). - Jesús Hellín - Europa Press - Archivo
MADRID, 27 Nov. (EUROPA PRESS) -
Sumar ha registrado en el Congreso una enmienda parcial al proyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales, en la que establece que habrá de constar el consentimiento del titular de la patria potestad o tutela junto con el de la persona menor de edad, "atendiendo a su edad y madurez", para la difusión pública de la imagen o información personal de menores de 16 años en redes sociales. En todo caso, habrá de constar el consentimiento de la persona menor de edad a partir de 12 años.
En el caso de difusión pública de la imagen o información personal, propone que los menores, entre 12 y 16 años, tengan derecho a solicitar la supresión de sus datos de carácter personal y que esta se lleve a cabo por los prestadores del servicio "sin requerir consentimiento previo de los titulares de la patria potestad o tutela".
Sumar ha presentado otra enmienda para que los sistemas de verificación de edad impidan que los menores accedan a los contenidos audiovisuales que "promuevan el consumo de sustancias adictivas". La ley ya prevé los contenidos violentos y la pornografía.
Del mismo modo, reclama en otra enmienda que la Administración General del Estado y las administraciones autonómicas y locales doten de los "presupuestos y recursos materiales y personales necesarios para el cumplimiento efectivo" de la citada ley.
En el texto, al que ha tenido acceso Europa Press, Sumar argumenta que incorporar un artículo sobre la dotación presupuestaria "facilita la rendición de cuentas de cara a la inversión y presupuesto previstos en la memoria de análisis de impacto normativo".
Igualmente, Sumar ha registrado otra enmienda en la que recoge los derechos de la infancia y adolescencia relacionados con el entorno digital, entre ellos, al desarrollo a través de las tecnologías, a la educación en competencias tecnológicas y formación sobre los riesgos y beneficios del uso de las tecnologías, o a la privacidad y protección de sus datos personales.
También han presentado enmiendas para cambiar la expresión "personas menores de edad" por "niños, niñas y adolescentes" las personas menores de edad o para ampliar y concretar las distintas modalidades de violencia sexual que les afectan en el entorno digital, para "asegurar una mayor protección frente a las mismas, en atención a las dinámicas y características específicas de cada una de ellas".
Sumar propone, asimismo, la incorporación de una nueva letra en el artículo 3 ante la "necesidad de proteger explícitamente a la infancia y la adolescencia frente a contenidos digitales que promueven adicciones" o que el artículo 4 obligue a los fabricantes de terminales digitales a informar de los riesgos del acceso a contenidos perjudiciales "en formato digital fácilmente accesible, como en la página web", también para las personas con autismo.
Por otro lado, quiere que los centros educativos aseguren que los dispositivos digitales puestos a disposición del alumnado cumplen las exigencias de protección de datos desde el diseño.
En el caso del ámbito sanitario, pide el establecimiento de protocolos y procedimientos de atención sanitaria específicos "para quienes ejerzan o hayan ejercido violencia a través del entorno digital". Igualmente, se garantizará atención especializada para personas menores de edad que hayan estado expuestas a materiales de abuso sexual infantil, ya sea por haber sido víctimas directas de dichos abusos o por haber accedido intencionadamente a estos contenidos.