Actualizado 13/12/2006 19:23

La letra 'ñ' podrá incluirse en los dominios '.es' con la futura Ley de Impulso a la Sociedad de la Información

MADRID, 13 Dic. (EUROPA PRESS) -

El ministro de Industria, Turismo y Comercio, Joan Clos, anunció hoy en el pleno del Congreso de los Diputados que el anteproyecto de Ley de Impulso a la Sociedad de la Información permitirá la inclusión de la letra 'ñ' en las direcciones de internet con dominio '.es', dentro del conjunto de medidas que incluye esta norma elaborada para impulsar el uso de las nuevas tecnologías para todos los ciudadanos.

En relación a una pregunta del diputado socialista Juan Carlos Corcuera, Clos destacó que entre las medidas normativas más destacadas, relacionadas con los derechos de los usuarios, se incluye que los nombres de dominio '.es' tendrán caracteres propios de la lengua española y distintos del alfabeto inglés, tales como la letra 'ñ'.

Asimismo, el ministro del ramo destacó otras medidas de esta norma, que se enmarca en el conjunto de actuaciones del Plan Avanza 2006-2010, e introduce innovaciones normativas para garantizar los derechos de la ciudadanía en la sociedad de la información y eliminar las barreras existentes a la implantación de la economía digital en España.

De este modo, contempla la extensión de la banda ancha para conseguir antes del 31 de diciembre del año 2007 una cobertura total de la población a precio razonable, mientras que se garantiza el acceso a internet para los ciudadanos discapacitados o de edad avanzada, para que "la red sea más accesible para todos", añadió Clos.

Además, con el objetivo de que Internet esté presente en la actividad cotidiana de los ciudadanos, las grandes compañías del sector económico deberán disponer de interlocución telemática con sus usuarios, debiendo adaptarse también al DNI electrónico.

Al mismo tiempo, Clos destacó que se facilitará la participación ciudadana a través de diversos programas de difusión, se refuerzan los derechos de los ciudadanos y habrá mejor seguridad en internet, ya que los proveedores de acceso a internet estarán obligados a proteger a facilitar la protección de sus clientes e informar sobre herramientas de filtrado de contenidos para la protección de los menores

En cuanto a las medidas normativas más destacadas relacionadas con la eliminación de barreras a la implantación de la economía digital, Clos destacó la flexibilización de las obligaciones relativas a las comunicaciones comerciales, y la extensión de la factura y la firma electrónicas.

Por último, Clos también señaló que cuando se apruebe este texto, solo un órgano judicial competente podrán ordenar el cierre de páginas de internet "cuando se atente contra los derechos de libertad de expresión", concluyó.

OTROS CONTENIDOS DE LA LEY.

Enmarcada en el conjunto de medidas que constituyen el Plan 2006-2010 para el desarrollo de la Sociedad de la Información y de convergencia con Europa, y entre las Comunidades y Ciudades Autónomas (Plan Avanza), la nueva Ley contiene un conjunto de medidas para dinamizar el crecimiento de los servicios basados en tecnologías de la información, generaliza la extensión y el uso de la banda ancha, y permite acelerar una mayor integración de nuestro país en la Sociedad de la Información.

En este sentido, y según el informe que presentó el Ministerio de Industria al Consejo de Ministros el pasado mes de noviembre, se moderniza y simplifica la proliferación legislativa que se ha producido en la sociedad de la información en los últimos años, después de los inmensos cambios que se han producido en los servicios.

Con ello, se permitirá una agilización muy importante en todas las negociaciones y relaciones entre "administrados y administración" para poner en marcha todo lo previsto.

En concreto, las páginas de Internet de las Administraciones deberán satisfacer el nivel medio de accesibilidad, según los criterios de accesibilidad generalmente reconocidos. Este mismo requisito será aplicable a las páginas con financiación pública, a las páginas de las empresas que gestionen servicios públicos y a las empresas que presten al público servicios de especial trascendencia económica. Las Administraciones Públicas deberán promover medidas de sensibilización, educación y formación sobre accesibilidad.

MARCO JURÍDICO PARA SUBASTAS ELECTRÓNICAS.

Por otro lado, la nueva Ley tipifica como infracción administrativa el incumplimiento por parte de los operadores de los derechos de los consumidores y usuarios en el ámbito de las telecomunicaciones, mientras que también se establece un marco jurídico mínimo aplicable a las subastas electrónicas entre empresarios, a fin de establecer un marco jurídico que dote a esta técnica de compra de la necesaria transparencia y seguridad jurídica.

En otro orden de cosas, y con el fin de facilitar el ejercicio de sus funciones de elaboración de estadísticas y de indicadores, se atribuye al Observatorio de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información la facultad de recabar de los agentes que operan en el sector de la Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones la información necesaria para el ejercicio de sus funciones.

Ficod 2008