Los afectados por la huelga de Iberia pueden optar entre la devolución del importe o un transporte alternativo

Panel Informacion Huelga Iberia
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 19 febrero 2013 13:38

OVIEDO, 19 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Servicio de Consumo del Principado de Asturias, dependiente de la Consejería de Sanidad, aconseja a los pasajeros afectados por la huelga convocada por el personal de Iberia para los días 18, 19, 20, 21 y 22 de febrero que contacten con la compañía aérea o la agencia de viajes donde hayan adquirido el billete o el viaje combinado, para que les informen de la situación de los vuelos y servicios que hayan contratado.

Consumo recuerda que, en caso de cancelación del vuelo, el pasajero puede optar entre la devolución del coste íntegro del billete o que se le facilite un transporte alternativo hasta el destino final.

Una compensación de entre 250 y 600 euros por pasajero en función de la distancia a recorrer, salvo que la compañía le hubiese informado de la cancelación con una antelación de dos semanas, o en un plazo inferior si le ofrece un transporte alternativo que le permita llegar a su destino con un máximo de dos horas de retraso.

Además, la compañía está obligada a facilitarle asistencia hasta la salida del transporte alternativo. Si no lo hiciese, el viajero deberá guardar los justificantes de su gastos (hotel, comidas, etc..) para solicitar su reembolso.

Los pasajeros afectados por la suspensión de los vuelos deberán dirigir su reclamación a la compañía aérea y si en el plazo de un mes la compañía no satisface su reclamación, podrán presentar denuncia ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, sita en la Avenida General Perón, 40, en Madrid.

Consumo informa de que si después de haber utilizado estas vías de reclamación la compañía no ha atendido sus pretensiones, el usuario puede recurrir en último término a la vía judicial para hacer efectiva la indemnización, ante el juzgado de lo mercantil que corresponda. En este caso, deberá presentar una reclamación en el formulario previsto al efecto, sin necesidad de abogado o procurador al ser su cuantía inferior a 2.000 euros.