Las reclamaciones a Vueling ante la propia aerolínea o a través de la AESA

Vueling
EUROPA PRESS
Actualizado: lunes, 14 noviembre 2016 10:05

MADRID, 5 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dependiente del Ministerio de Fomento, ha recordado hoy a todos los pasajeros afectados por las cancelaciones y retrasos de la aerolínea Vueling que deben presentar una reclamación para exigir sus derechos que puede interponerse ante la aerolínea o ante dicho organismo, para agilizar el proceso.

La AESA es el único organismo estatal que tiene competencias para tramitar este tipo de reclamaciones. En esta línea, apunta que cualquier organización/agencia/asociación de consumidores puede asesorar a las personas afectadas, pero no pueden mediar.

Por ello, recomienda en un comunicado a los pasajeros afectados de Vueling que para agilizar el proceso presenten sus reclamaciones ante la compañía o ante la AESA sin coste alguno, ya que el servicio de derechos de los pasajeros del organismo es gratuito.

CÓMO RECLAMAR.

En la web de la Agencia, www.seguridadarea.gob.es, se pueden encontrar de forma detallada los derechos de los pasajeros y lo que se puede reclamar en cada situación, ya sea por retraso, cancelación o denegación de embarque, así como las opciones de presentar una reclamación.

La reclamación se puede presentar a través de las hojas de reclamaciones que las compañías tienen que tener a disposición de los viajeros en los mostradores de información, en puntos de venta de billetes o en su propia web.

También puede reclamarse usando el formulario disponible en la página web de la AESA y enviarlo después al departamento de atención al usuario de la compañía.

Para reclamar es necesario conservar el billete, el talón de equipaje y cualquier otro documento utilizado, independientemente del formato. Además, la reclamación debe ser clara, concisa y legible, y es importante consignar con precisión fecha, hora, lugar y causas de la reclamación, así como los datos personales del reclamante y su vuelo.

COMPETENCIAS DE LA AESA.

En caso de que el pasajero no reciba respuesta de la compañía o ésta no sea satisfactoria puede presentar su reclamación ante la Agencia son coste con el formulario específico, disponible en la web, adjuntando una copia legible de las comunicaciones que haya mantenido con la aerolínea al respecto, así como una copia del billete de avión y demás documentación de interés.

Desde la AESA se solicitará a la compañías aérea información sobre los hechos, se recabará la información adicional y se examinará si se ha cumplido o no con lo dispuesto en el Reglamento Europeo de Derechos de los Pasajeros.

Tras su análisis, comunicará al solicitante y a la compañía las actuaciones llevadas a cabo en relación con la reclamación correspondiente y emitirá un informe. En caso de que sea positivo para el pasajero pero la aerolínea no lo atienda, el usuario podrá acudir a la vía judicial. El recurso de la vía judicial para solicitar una indemnización por daños y perjuicios puede ejecutarse en cualquier momento de todo este proceso.

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