Báñez asegura que se aprobará "pronto" el reglamento que revalorizará las pensiones de viudedad

Fátima Báñez en el Senado
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Publicado: martes, 6 marzo 2018 19:08


Insiste en que el Gobierno seguirá mejorando las pensiones de viudedad en España

MADRID, 6 Mar. (EUROPA PRESS) -

La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha asegurado que se están efectuando todos los procedimientos administrativos y que el Gobierno "pronto" mandará el reglamento que incrementa la base reguladora de la pensión de viudedad del 52% al 60% en 2019 al Consejo de Estado para que se apruebe "con normalidad".

Durante la sesión de control al Gobierno en el Senado, la ministra ha asegurado que el Ejecutivo de Mariano Rajoy sigue trabajando para apoyar a los viudos y, en especial, a las viudas de España. En esta línea, ha recordado que las pensiones de viudedad han mejorado, porque "siempre han creído en el incremento de la base reguladora de la pensión de viudedad".

Asimismo, ha hecho hincapié en que las pensiones de viudedad también seguirán subiendo en España gracias al complemento de maternidad. De hecho, según la titular de Empleo, desde 2016 gracias a este complemento el 60% de las nuevas pensiones ha visto incrementada la pensión de viudedad un 7% de media.

Por su parte, la senadora del grupo socialista Fuensanta Lima le ha transmitido a la ministra que los mayores "no necesitan de su altivez, sino una pensión digna" y ha apostillado que los poderes públicos deben garantizar las pensiones dignas que le corresponden a los jubilados españoles.

También ha afirmado que ha habido un incumplimiento del mandato legal para aumentar la base reguladora de la pensión de viudedad, porque se ha aplazado durante seis años. "Proponen la subida del 1% este año del 52% al 53% y hasta el 60% en 2019. Nuestros mayores no esperan a años electorales", ha subrayado, tras pedirle al Gobierno que deje de legislar de espaldas a las personas.

Según el Real Decreto que publicó el Gobierno en diciembre, el incremento de la base reguladora de las pensiones de viudedad se traducirá en un incremento de la pensión inicial del 1,92% para este año y del 15,38% para 2019 y ejercicios posteriores.

El Gobierno calculó que esta subida de la base reguladora implicará un aumento del gasto de 175,09 millones de euros en 2018 y una reducción del coste en complementos a mínimos de casi 68,3 millones de euros. A partir de 2019, el coste será de 1.381,7 millones de euros adicionales, aunque el Estado se ahorrará 493,7 millones de euros en complementos a mínimos.

Con este RD se desarrolla la disposición adicional trigésima de la reforma de pensiones de 2011, en la que se establecían mejoras para las pensiones de viudedad de los mayores de 65 años con menores ingresos, disposición cuyo cumplimiento se fue aplazando sucesivamente a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS

Para poder acceder a esta mejora en la base reguladora de la pensión de viudedad los beneficiarios deberán tener una edad igual o superior a los 65 años; no tener derecho a otra pensión pública española o extranjera, y no percibir ingresos por la realización de un trabajo por cuenta propia o ajena ni rendimientos o rentas que, en cómputo anual, superen el límite de ingresos que esté establecido en cada momento para ser beneficiario de la pensión mínima de viudedad.

Cuando la aplicación del porcentaje del 60% se solicite con posterioridad al reconocimiento de la pensión de viudedad, éste surtirá efecto a partir de los tres meses anteriores a la fecha de solicitud, siempre que en aquel momento se reúnan los requisitos exigidos.

Los beneficiarios de la pensión residentes en el extranjero tendrán la obligación, además, de presentar antes del 1 de marzo de cada año una declaración relativa al mantenimiento o no de los requisitos establecidos en la norma, referida a los rendimientos del ejercicio anterior y a las variaciones que se estimen que vayan a producirse en el año en curso.

La mejora de la base reguladora de la pensión de viudedad no será consolidable, de manera que la pérdida de alguno de los requisitos establecidos en la ley motivará que vuelva a aplicarse el porcentaje del 52%.

Las nuevas cuantías se aplicarán de oficio a las pensiones que, causadas antes de la fecha de efectos económicos del Real Decreto, se encuentren vigentes en esa fecha y siempre que concurran los requisitos mencionados.

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