Un informe del secretario del Ayuntamiento de Val do Dubra advierte incompatibilidad del alcalde para seguir en su cargo

Juan Manuel Baleato, Alclade De Val Do Dubra
EP/FEGAMP
Actualizado: sábado, 8 octubre 2011 15:28

Una sentencia no firme declara inhabilitación para Baleato (PP), lo que impidió en su día al exregidor de Arzúa presentarse al 22-M

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 8 Oct. (EUROPA PRESS) -

El alcalde de la localidad coruñesa de Val do Dubra, Juan Manuel Baleato, presentará su renuncia al cargo el próximo lunes después de ser condenado por el Juzgado de A Coruña a siete años de inhabilitación como autor de un delito de prevaricación, sentencia sobre la que aún cabe recurso. No obstante, tal y como había ocurrido con el exregidor de Arzúa Xaquín García Couso, que fue declarado inelegible en las elecciones del pasado 22 de mayo a instancias de una denuncia del PP bajo el amparo de la nueva ley electoral, ahora un informe del secretario-interventor del Consistorio también advierte la incompatibilidad del actual regidor dubrés para seguir al frente de su cargo.

Los nacionalistas ya habían denunciado en su día las consecuencias que tendría la aplicación de un punto de la normativa, pactado por PP y PSOE, cuyo espíritu era "impedir que las personas condenadas por delitos de terrorismo o ligadas a formaciones políticas que amparen el terrorismo puedan participar en los procesos electorales". Así, esta aplicación impidió que se presentase García Couso en Arzúa para las municipales y, ahora, provoca la dimisión del regidor dubrés.

Según el escrito del secretario del Ayuntamiento de Val do Dubra, "la existencia de una sentencia dictada en primera instancia, aunque sea recurrida y por lo tanto no adquiera firmeza, determina la existencia de una causa de incompatibilidad", al amparo del artículo 177.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg), con el artículo 6 y 178.1 del mismo texto normativo.

En el escrito, el secretario recuerda que el propio alcalde anunció tras concluir el pleno del 30 de septiembre, por lo que "no consta en acta", y de "viva voz", que acaba de ser condenado por delito de prevaricación. La Loreg dice que "son inelegibles para el cargo el alcalde o concejal o quienes incurran en alguno de los supuestos previstos" en el articulado, como es el de prevaricación.

Además, el mismo documento, al que ha tenido acceso Europa Press, indica en sus conclusiones que los acuerdos adoptados por el alcalde estarían "viciados de nulidad" debido a la sentencia judicial, si bien, tal y como recoge, "no se dictó ningún decreto" desde la fecha del anuncio de la condena por parte del regidor. Igual ocurriría con los acuerdos de la junta de gobierno, pero no se adoptó ninguno; mientras que en el caso del pleno "no se considera viciado el acto", según los argumentos esgrimidos.

La sentencia condena al regidor por considera que ordenó de forma injusta retirar un depósito de zahorra de una finca privada en 2007, tras recibir quejas de unos vecinos, y justificó, en su día, que ese material era nocivo para un río cercano. La empresa responsable de la zahorra denunció los hechos y la sentencia dio ahora la razón por la denuncia.

PLENO SOLICITADO POR EL BNG

Aunque finalmente se celebrará este lunes un pleno extraordinario en el que está previsto que el alcalde renuncie formalmente a este puesto, el BNG --segunda fuerza política del ayuntamiento-- había solicitado la convocatoria de una reunión de la corporación municipal en la que "se declarase la incompatibilidad del alcalde" tras la sentencia por la que se le inhabilita a ejercer un cargo público.

En un segundo punto, el Bloque dubrés pedía "poner en conocimiento de la administración electoral" este hecho, a efectos de la expedición de la credencial del candidato siguiente que lo sustituya para elegir a un nuevo alcalde.

Del mismo modo, pedía un informe de la Secretaría municipal sobre las consecuencias jurídicas derivadas de la situación de incompatibilidad, lo cual ya fue emitido ante la convocatoria de este pleno extraordinario. Además, el BNG pide que el regidor ponga en conocimiento del pleno la sentencia.