EUROPA PRESS/ARCHIVO/AYUNTAMIENTO
ALMERÍA, 19 Jun. (EUROPA PRESS) -
El alcalde de Almería, Luis Rogelio Rodríguez-Comendador, ha publicado un bando municipal en el que, entre otras cuestiones, se restringe el uso de aparatos sonoros o instrumentos musicales cuando por su volumen causen molestias a los demás usuarios de las playas de la capital.
El bando consultado, emitido este jueves y consultado por Europa Press, señala que queda terminantemente prohibido a partir de la medianoche realizar cualquier tipo de ruido que cause cualquier molestia a los vecinos, tanto en primera como en segunda línea de playa, excepto cuando estén autorizados.
También se prohíbe la venta ambulante en los paseos marítimos salvo en casos autorizados, mientras que, como es habitual, se restringe la presencia de animales y vehículos a motor en las playas de la capital así como la publicidad por carteles, vallas, medios acústicos o audiovisuales durante la época estival a fin de mantener las playas y lugares públicos de baños en las debidas condiciones de limpieza, higiene y salubridad.
Estas normas, con las que se pretende preservar las instrucciones dictadas por la administración del Estado sobre salvamento y seguridad de las vidas humanas, estiman la prohibición de que cualquier animal pueda estar en la playa, tanto los de compañía como los equinos.
Así, en los paseos marítimos los animales domésticos irán conducidos por persona capaz e idónea, sujetos mediante cadena, correa o cordón resistente y no podrán constituir un peligro para los transeúntes u otros animales. Cuando el animal tenga un peso superior a los 20 kilos o sea potencialmente peligroso, deberá ser conducido además con bozal.
Asimismo, será necesario recoger y depositar en una papelera sus deposiciones. Los perros guía de personas con disfunciones visuales, estarán exentos, en cualquier situación de ser conducidos con bozal, estando permitida su presencia en la playa.
El Ayuntamiento indica además que es aconsejable no dar comida a los gatos sueltos e incontrolados, situados en los espigones, ya que ayudan a su proliferación y propagación de posibles infestaciones y no puede considerarse una buena conducta cívica. No podrán pasear por las arenas de las playas los caballos y menos aún bañarlos en el agua del mar.
VEHÍCULOS A MOTOR
En cuanto a los vehículos a motor y bicicletas, queda prohibido toda circulación de vehículos a motor por las arenas y paseos, con lo que sólo se permitirá la circulación de los vehículos autorizados por corresponder a los servicios de playas, servicios de limpieza y los propios de las Policías Local y Nacional.
Con la finalidad de ordenar y compatibilizar los diferentes usos lúdicos de las playas con zona reservada a los bañistas se ha instalado balizamiento en paralelo a la orilla situado a unos 200 metros. Este espacio se considera zona de baño y en las aguas del mar comprendidas en este espacio está prohibido el paso de embarcaciones náuticas de cualquier tipo.
Los balizamientos se han situado en las playas de Almería, Nueva Almería, Costacabana, El Alquián, Retamar, El Toyo, San Miguel de Cabo de Gata, La Almadraba de Monteleva, en la zona de baño del tramo de playa urbana, y La Ola. Asimismo se balizan las zonas adaptadas para usuarios discapacitados en El Palmeral y Costacabana. Las sillas anfibias se utilizarán en El Palmeral, Playa de Retamar y Playa de San Miguel de Cabo de Gata.
PROHIBIDAS LAS ACAMPADAS Y LAS FOGATAS
El Ayuntamiento ha precisado también que no se autorizará ni permitirán las acampadas en las playas del término municipal, tanto con tiendas como con vehículos o remolques habitables. En cuanto a las fogatas y fuegos para barbacoas, estos quedan expresamente prohibidos, tanto sobre el suelo como con bombonas de gas, excepto durante la Noche de San Juan, cuando los usuarios tendrán que dejarlo todo en perfecto estado.
El Consistorio ha aclarado también que el agua potable de las duchas es para quitarse el salitre de las aguas del mar, por lo que no está permitido utilizar champús y geles de baño. Por otra parte, también queda prohibido arrojar residuos a la arena debiéndose usar los contenedores. Además también queda terminantemente prohibido arrojar las colillas de los cigarrillos en la arena.
Desde el gobierno local han apuntado que también está prohibida la pesca con caña o fusil submarino en zonas concurridas por bañistas, y la pesca submarina dentro de las dársenas portuarias. Las personas que efectúen pesca submarina deberán realizar su presencia mediante una boya roja con franja blanca, o mediante una bandera roja con banda blanca que llevará a remolque.
Queda prohibida la entrada y salida al mar desde la playa a los pescadores submarinos con el fusil cargado, así como la manipulación en tierra de este o de otros instrumentos de pesca submarina que puedan suponer un riesgo para la seguridad de las personas.
En cuantas las zonas deportivas, los juegos de pelota, palas, discos voladores y cualquier otro, sólo podrán ser practicados en las zonas autorizadas y señaladas como zonas deportivas. En las zonas de baño debidamente balizadas estará prohibida la navegación deportiva y de recreo, y la utilización de cualquier tipo de embarcación o medio flotante movido a vela o motor.