Audiencia Provincial de Almería. - EUROPA PRESS
ALMERÍA, 13 Feb. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a cuatro años y cinco meses de prisión a un hombre que agredió a su pareja con una botella en la cabeza en presencia de sus hijos, de cuatro meses y ocho años, y de la abuela de estos, a quienes encerró bajo llave en la vivienda tras destruir todos teléfonos y una tablet para impedir que solicitaran auxilio.
La sentencia condena al procesado por dos delitos de lesiones: uno contra la mujer y otro contra la hija mayor, quien resultó herida al intentar arrebatarle un cuchillo. No obstante, el tribunal lo ha absuelto de un delito de asesinato en grado de tentativa --por el que la Fiscalía solicitaba 18 años de cárcel-- al no haberse acreditado que tuviera la intención de matar al bebé con dicha arma.
La resolución judicial, consultada por Europa Press y contra la que cabe recurso, también impone al acusado, representado por la letrada Mónica Moya, una multa de 22 meses a razón de diez euros diarios por un delito de coacciones, derivada de haber impedido a los perjudicados salir de la vivienda tras una discusión que protagonizó armado con el cuchillo y en actitud agresiva ante los pequeños.
Los hechos que tuvieron lugar durante la tarde del 28 de diciembre de 2024 cuando el acusado, que se encontraba en el domicilio familiar con los menores y la abuela de estos, comenzó una discusión con su pareja durante la cual la "agredió con una botella de cristal en el cabeza".
Asimismo, tomó un cuchillo de cocina de unos 27 centímetros --de los que 14 eran de hoja-- que la menor de ocho años intentó quitarle, por lo que sufrió cortes en una mano. En este sentido, el tribunal descarta que el hombre actuase con ánimo de atentar contra la niña.
Durante la vista oral no quedó probado que el acusado, mientras llevaba el cuchillo, amenazara en varias ocasiones "de forma agresiva y violenta" que iba a matar al bebé ni que, con intención de matar al lactante, le hubiese lanzado una puñalada. Fue la propia madre del niño quien negó este extremo en sus declaraciones frente a las apreciaciones de los agentes que intervinieron.
UN ESCENARIO DE "TERROR"
Sí se demostró, en cambio, el escenario de "terror" vivido en la casa puesto que el acusado cerró la puerta, escondió la llave e inutilizó los dispositivos de comunicación para aislar a la familia y que no pudieran pedir ayuda.
El acusado admitió en el juicio que el día de los hechos estaba en el domicilio común, aunque no recordaba lo ocurrido, más allá de "una discusión" y de que "llevaba una botella", porque había "bebido y tomado drogas", de modo que desconocía cómo su pareja había resultado herida.
Frente a ello, el tribunal valoró la versión de la mujer, quien aunque en algunos momentos del procedimiento no quiso declarar contra su pareja, admitió que había sido agredida con una botella por el varón, quien mostró una conducta "agresiva" y "violenta", según los policías que lo arrestaron y que tuvieron que emplear una pistola táser para reducirlo. A ello, se unen las fotos de sus heridas y el reconocimiento forense, que avaló la agresión.
También testificaron dos vecinos, quienes dijeron haber visto desde la ventana a la hija mayor de la víctima con su hermano en brazos pidiendo auxilio. Del mismo modo, uno de ellos confirmó que la Policía tuvo que forzar la puerta para entrar a la casa; lo que fue apuntalado por uno de los agentes, quien señaló que la menor, desde el interior, decía que el acusado llevaba un cuchillo e iba a "matar a su madre".
SIN INTENCIONALIDAD HACIA LOS MENORES
El tribunal explica que aunque había más miembros de la familia en la casa, el acusado siempre dirigió sus ataques y la discusión contra su pareja sentimental.
Sobre las heridas en la mano de la niña, los magistrados aprecian una "conducta imprudente" pero no intencionada.
"Atendido el estado en que estaba el acusado, bajo los efectos del alcohol, y la agresividad que presentaba y que apreciaron los agentes, consideramos que el acusado ni tan siquiera pensó en la menor, siendo evidente que su intención y enfado se dirigida hacia su pareja", indican en sus fundamentos.
Respecto al bebé, el tribunal atiende el testimonio de la pareja del acusado, quien negó que el hombre tratase de atentar contra él. "Ciertamente esta testigo declaró con clara intención de proteger y beneficiar al que fuera su pareja, sin embargo, su declaración, es la única prueba directa que podría justiciar la condena", expone el tribunal.
Pese al testimonio otorgado por los policías que actuaron en el domicilio, quienes afirmaron que la mujer tenía al bebé en brazos cuando el acusado portaba el cuchillo, la Sección Tercera cree que de este actuar "no puede deducirse que la intención del acusado fuera acabar con la vida del bebe, máxime cuando se trató de un solo ataque puntual, no reiterado".
Los forenses tampoco apreciaron heridas en el bebé compatibles con un ataque de cuchillo, puesto que solo mostraba un arañazo en la cabeza que podría haberse producido de otras formas.
"La levedad y carácter puntual del ataque, la ausencia de heridas del menor vinculadas con el arma, y sobre todo ante las declaraciones de la madre del mismo, que es la único testigo directo que niega la realidad de ese ataque, determina que se genere, cuando menor dudas, sobre lo ocurrido", añaden en sus fundamentos para absolver al acusado de un presunto intento de asesinato.
El teléfono 016 es el número de información, asesoramiento jurídico y atención psicosocial para las víctimas de violencia contra las mujeres y su entorno. Funciona las 24 horas, atiende en 53 idiomas, es gratuito y no deja rastro en la factura telefónica, aunque puede quedar registrado en ciertos terminales y debe ser borrado. El servicio también responde a través del correo 016-online@igualdad.gob.es y presta atención mediante WhatsApp en el 600000016.