ALMERÍA 11 Sep. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Penal número 6 de Almería ha condenado a tres años de prisión a cada uno de los tres repartidores de comida rápida que en abril de 2022 dieron una paliza y atropellaron con una moto a un vecino que bajó a la puerta del restaurante de comida tex-mex situado en calle Calzada de Castro de la capital almeriense molesto por los ruidos que ocasionaban.
La sentencia, consultada por Europa Press y que puede ser recurrida en apelación, aplica la agravante de abuso de superioridad al delito de lesiones por el que se condena a los acusados, ya que con su ataque conjunto anularon, o cuanto menos redujeron de forma significativa, cualquier posibilidad de defensa del afectado.
La resolución judicial, que también condena como responsable civil subsidiario al restaurante que empleaba a los implicados, mantiene además distintas medidas cautelares por las que se prohíbe a los 'riders' comunicarse o acercarse a menos de 500 metros del afectado, que ha sido representado por el abogado Juan Padilla, de Crealia Abogados.
Los hechos tuvieron lugar sobre las 13,30 horas del 14 de abril de 2022 cuando el vecino bajó de su domicilio a la puerta del establecimiento hostelero, donde se encontraban los acusados, molesto por los ruidos que se generaban.
Fue entonces cuando uno de los acusados cogió a la víctima y la tiró al suelo para darle "reiterados puñetazos", a lo que se sumó uno de los repartidores --que cuentan con antecedentes por un delito de lesiones leves-- el cual lo atropelló intencionadamente con una de las motos del restaurante, empleadas para el reparto de comida a domicilio.
A la paliza se sumó un tercer repartidor, quien también agredió en la cabeza al afectado mientras que este se encontraba en el suelo agarrado "fuertemente" por el cuello por otro de los agresores, ante lo que la juez aprecia la "connivencia" con la que se realizó el ataque.
La magistrada valoró el relato mantenido por la víctima a la hora de explicar cómo fue la agresión conjunta, ya que el mismo se vio refutado por los informes médicos que acreditaban las lesiones frente a la versión de los acusados, que fue netamente exculpatoria pese a la existencia de un vídeo que pudo visualizarse al inicio del juicio.
La víctima sufrió importantes lesiones y fracturas en cabeza, con el implante parcial de un hueso que afectaba a su ojo izquierdo, de manera que tuvo estar hospitalizado once días toda vez que tardó otros 240 en curar de sus heridas físicas.
El perjudicado presenta cicatrices y secuelas de relevancia, incluidas afectaciones psicológicas, que justifican una indemnización global superior a 64.270 euros, la cual contempla tanto el daño físico como el perjuicio moral sufrido.
El restaurante, cuyo dueño estaba presente en el momento de los hechos pero no intervino para frenar la agresión según declaró el afectado, también ha sido condenado como responsable civil subsidiario, por lo que deberá asumir el pago de las indemnizaciones en caso de que no lo hagan los repartidores.