El TSJA rebaja la pena a uno de los condenados por el alijo de 1,7 toneladas de hachís en Almerimar (Almería)

Archivo - Sede del TSJA en Granada.
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Europa Press Andalucía
Actualizado: martes, 13 mayo 2025 18:07

ALMERÍA 13 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado la pena de prisión a uno de los tres condenados por introducir en abril de 2021 más de 1.700 kilos de hachís a través del puerto deportivo de Almerimar, en El Ejido (Almería). El alto tribunal ha estimado parcialmente su recurso de apelación y ha reducido la condena de cuatro años y nueve meses a tres años y seis meses de prisión, al considerar que su participación en los hechos fue "de mero vigilante".

La Sala ha confirmado el resto del fallo dictado por la Audiencia Provincial de Almería, que impuso a los otros dos acusados penas de cinco años y nueve meses y de cuatro años y nueve meses de prisión, así como multas millonarias.

El TSJA ha señalado que, aunque este acusado "realizó funciones de lanzadera" del vehículo que transportaba la droga desde el puerto, su papel fue "muy limitado" en comparación con el de los otros dos, a quienes se atribuye la organización y ejecución principal de la operación.

El alto tribunal ha destacado que "no participó en las fases de preparación, carga o descarga de la droga, ni tuvo un rol de coordinación", lo que justifica que no se le aplique el subtipo hiperagravado, a diferencia de los otros dos condenados.

A pesar de esta rebaja, el TSJA mantiene las dos multas impuestas, de diez y siete millones de euros, al considerar que la cantidad de droga transportada y la organización del operativo justifican la imposición de las sanciones económicas. La droga incautada consistía en 59 fardos de hachís con un peso total de 1.728 kilos y un valor de mercado superior a 3,4 millones de euros.

Los hechos se remontan a la noche del 23 de abril de 2021, cuando los acusados introdujeron la droga en una embarcación que atracó en el puerto deportivo de Almerimar. Según la sentencia, actuaron "de forma concertada y coordinada" para trasladar los fardos desde el barco hasta una furgoneta alquilada que fue interceptada poco después por la Guardia Civil.

La operación contó también con la participación de al menos ocho personas no identificadas, que realizaron el trasbordo de la droga en el muelle flotante número 4 del puerto.

Además, el TSJA ha ratificado que uno de los acusados era el propietario de la embarcación utilizada para el transporte de la droga y que el otro conducía la furgoneta donde se cargaron los 59 fardos. Ha rechazado igualmente los recursos que presentaron ambos y ha confirmado que deberán cumplir las penas impuestas por la Audiencia Provincial.

En su recurso, la defensa del condenado que ha visto rebajada su pena alegó una posible indefensión por no haberse suspendido el juicio ante la incomparecencia de un cuarto acusado, que viajaba con él en el vehículo el día de los hechos. El TSJA ha rechazado esta alegación al considerar que "existían elementos suficientes para juzgarle con independencia", según indica la resolución.

Con este fallo, el alto tribunal andaluz mantiene intactas las penas impuestas a los otros dos procesados y únicamente introduce cambios en la del tercero, al reducir de manera considerable el tiempo de prisión que deberá cumplir.

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