El 61% de los contratos de servicios en consistorios fiscalizados por Cámara de Cuentas eligen al contratista

Actualizado: lunes, 26 julio 2010 19:56

SEVILLA, 26 Jul. (EUROPA PRESS) -

El 61 por ciento de los contratos de consultoría y asistencia y de servicios en los municipios andaluces con población comprendida entre 25.000 y 50.000 eligen "directamente" al contratista, según el informe de la Cámara de Cuentas, recogido por Europa Press.

El informe señala que las corporaciones locales pueden efectuar contratos de consultoría y asistencia y de servicios con personas o empresas externas cuando carezcan de los medios personales y materiales necesarios para realizar alguna de las actividades o servicios propios de su competencia.

Así, la Cámara de Cuentas ha fiscalizado 28 expedientes tramitados por 13 de los 24 municipios de Andalucía con una población comprendida entre 25.000 y 50.000 habitantes, por un importe de 4.436.222,76 euros. De los 28 contratos, ocho son de consultoría y asistencia, 17 de servicios y tres de naturaleza privada.

El estudio señala que los ayuntamientos deben elaborar un informe en el que justifiquen que carecen de los medios personales y materiales necesarios para prestar el servicio, algo que "sólo se incluye en cinco de los 28". Además, indica que en cinco expedientes fiscalizados figura un precio indeterminado, cuando "el precio constituye un elemento esencial del contrato".

La forma normal de adjudicación de estos contratos es el concurso y de los 28 expedientes "sólo once han seguido esta tramitación". Así, el 39 por ciento de los expedientes analizados se han tramitado por el procedimiento abierto y como forma de adjudicación el concurso, mientras que en los 17 restantes (61%) se han utilizado procedimientos que permite elegir directamente al contratista.

El informe apunta que en los contratos adjudicados por concurso, los criterios "más frecuentes" son la oferta económica, los equipos y medios técnicos y humanos, la experiencia, la situación laboral y retributiva de los trabajadores así como la ampliación del plazo de garantía. Si bien, "el precio ha sido el criterio más puntuado en cinco de los once expedientes, mientras que en dos no figura como criterio el precio".

En los contratos adjudicados por el procedimiento negociado, la Cámara de Cuentas critica que "se incumple formalmente la legislación aplicable" con la práctica de otorgar directamente un contrato y más tarde convocar el procedimiento abierto, "al colocar al contratista en una posición de ventaja sobre otros posibles licitadores que podrían efectuar el servicio".

Por su parte, informa de que los contratos menores no pueden tener una duración superior al año y por su propia naturaleza deben tener un carácter excepcional y no pueden convertirse en habituales, como sucede en el expediente fiscalizado.